2º JUZGADO DE LETRAS DE BUIN

INMOBILIARIA PY S.A. CON FRANCISCO GARABITO GARABITO

Rol

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que lo razonado por el tribunal a quo excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 186 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, en los autos Rol 1815-2023 del 2° Juzgado de Letras de Buin y, en consecuencia, el tribunal a quo dará a la demanda la tramitación que en derecho corresponda. Devuélvase. N°2251-2023-Civil.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: Que lo razonado por el tribunal a quo excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 186 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, en los auto

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