7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

CONTIENDA DE COMPETENCIA 7°JDO.GTIA / 5° JDO.GTIA Y 12° JDO. GTIA.

Rol

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

FALTAS AL REGIMEN PENITENCIARIO

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, el 13 de febrero de 2024, el Alcaide del Centro de Detención Preventiva Santiago I de Gendarmería de Chile, propuso la sanción disciplinaria del imputado Jaime Roberto Mora Herrera, por hechos que habrían acaecido al interior del recinto penitenciario. El mismo día el tribunal se declaró incompetente para conocer de la solicitud de sanción, en atención que la medida cautelar de prisión preventiva fue decretada por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, por lo que estima es dicho tribunal el que debe conocer de las peticiones que se efectúen en el marco de la ejecución de dicha medida cautelar personal. Recibidos los antecedentes por este último tribunal, indicó no ser competente por motivo de lo preceptuado en el artículo 87 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, devolviendo los antecedentes al 7° Juzgado de Garantía de Santiago, el cual, al recibir los antecedentes, sostuvo su posición inicial. 2°) Que el artículo 150 del Código Procesal Penal en su inciso primero señala que “[e]l tribunal será competente para supervisar la ejecución de la prisión preventiva que ordenare en las causas de que conociere. A él corresponderá conocer de las solicitudes y presentaciones realizadas con ocasión de la ejecución de la medida” lo cual se vincula con lo indicado en el inciso final del mismo precepto, que dice “[c]ualquier restricción que la autoridad penitenciaria impusiere al imputado deberá ser inmediatamente comunicada al tribunal, con sus fundamentos. Éste podrá dejarla sin efecto si la considerare ilegal o abusiva, convocando, si lo estimare necesario, a una audiencia para su examen”. 3°) Que en atención a lo dispuesto en la disposición citada es el 12° Juzgado de Garantía de Santiago el competente para conocer de la petición efectuada por Gendarmería de Chile.   Por estas consideraciones y normas indicadas, se dirime la competencia y se declara competente para conocer del proceso

Fallo

Por estas consideraciones y normas indicadas, se dirime la competencia y se declara competente para conocer del proceso al 12° Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese vía interconexión lo resuelto al 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Ingreso Penal N°827-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de marzo de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1°) Que ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, el 13 de febrero de 2024, el Alcaide del Centro de Detención Preventiva Santiago I de Gendarmería de Chile, propuso la sanción disciplinaria del imputado Jaime Roberto Mora Herrera, por hechos que habrían acaecido al interior del recinto penitenciario. E

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