SIN INFORMACION

LILIANA PANOZO GARZON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Alejandro Ibáñez Martínez, quien interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor Liliana Panozo Garzón, nacional de Bolivia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones que mediante Resolución Exenta N°24072863 rechazó su solicitud de residencia temporal y le otorgó un plazo de 30 días para abandonar el país, acto que estima ilegal y vulneratorio de la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que la recurrente ingresó a Chile el 28 de julio de 2023 por el paso fronterizo Colchane, otorgándosele visa de permanencia transitoria por un periodo de 90 días. Indica que el 27 de agosto de 2023 solicitó el beneficio de residencia temporal y que el 8 de septiembre de 2023 contrajo acuerdo de unión civil con un ciudadano chileno. Explica que el 15 de febrero de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones le notificó la Resolución Exenta N°24072863 que rechazó su petición y le ordena abandonar el país. Argumenta que vive en Chile junto a su cónyuge y que según certificado médico que acompaña se encuentra actualmente embarazada, todo lo cual da cuenta de su intención de mantenerse en el país y desarrollar su proyecto de vida. Refiere que el artículo 19 de la Ley N°21.325 reconoce el principio de reunificación familiar y que dicho cuerpo legal y el Decreto N°177 de 2022 establecer la posibilidad de solicitar una residencia temporal humanitaria para todas las mujeres que se encuentren embarazadas en Chile. Reclama que la resolución que dispone su abandono del territorio nacional no cumple con la fundamentación debida en los términos del artículo 4, 11 y 41 de la Ley N°19.880. Pide acoger el recurso y dejar sin efecto la resolución que dispone su abandono del país y ordenar a la recurrida una nueva revisión de los antece

Fundamentos

fundamentos que la llevaron a resolver la solicitud, razones que llevan al rechazo del presente recurso.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en favor de Liliana Panozo Garzón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°178-2024 Amparo

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en contra del recurso la abogada doña Daniela Silva Mella. En San Miguel, a 11 de marzo de 2024, Nicole Bustos Maúlen, relatora. San Miguel, once de marzo de dos mil veinticuatro Al escrito folio N°9: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Alejandro Ibáñez Martínez, quien interpone acción constitucional de amparo de confor

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