15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO NEVASA DEUDA SUBYACENTE/BRICK FINANCIERO SPA

Rol

Fecha

13 de marzo de 2024

Materia

LIQUIDACIÓN FORZOSA EMPRESA DEUDORA

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que conforme con la especialísima regulación del recurso de apelación en materia concursal, este procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley N° 20.720 señale de forma expresa. 2°.- Que, en el caso, la resolución recurrida- aquella que ordenó que la citación a la audiencia inicial se publicara en el Boletín Concursal- no se encuentra en la hipótesis prevista precedentemente, al no existir precepto legal alguno que consagre de forma expresa la procedencia del recurso de apelación a su respecto, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 20.720, y en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el acreedor Fondo de Inversión Privado Nevasa Deuda Subyacente el uno de febrero de dos mil veinticuatro (folio N° 50), en contra de la resolución de veintiséis de enero del mismo año (folio N° 49). Devuélvase. N°Civil-2411-2024.mst

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 20.720, y en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el acreedor Fondo de Inversión Privado Nevasa Deuda Subyacente el uno de febrero de dos mil veinticuatro (folio N° 50), en contra de la resolución de veintiséis de enero del mismo año (folio N° 49). Devuélvase. N°Civil-2411-2024.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que conforme con la especialísima regulación del recurso de apelación en materia concursal, este procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley N° 20.720 señale de forma expresa. 2°.- Que, en el caso, la resolución recurrida- aquella qu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica