SIN INFORMACION

RODRIGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

9 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Se interpone en autos recurso de amparo a favor de Laura Katherine Rodríguez Barbosa, empleada, de nacionalidad colombiana, pasaporte NºAV170378, en contra de la Resolución Exenta N°21206287 de fecha 8 de noviembre de 2021, dictada por el Servicio Nacional de Extranjería, dependiente del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, mediante la cual se declara no ha lugar solicitud de visa de residencia temporal y se dispone el abandono del país en un plazo de 30 días, lo que vulnera su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. La amparada ingresó al país el 06 de agosto de 2018, por paso habilitado. Solicitó una visa de residencia sujeta a contrato dentro del marco de la antigua ley de Extranjería ante la ex Gobernación Provincial de Valparaíso, pero la amparada no recibió respuesta de ésta, pese a haber pagado los derechos de su Visa el 02 de enero de 2020, por un monto total de $200.920. Posteriormente con fecha 07 de mayo de 2021 se acoge al proceso de regularización contemplado en el inciso 1° del artículo 8vo transitorio de la Ley 21.325, de 2021, para el otorgamiento de una visa temporaria, ya que su ingreso a Chile fue el 6 de agosto de 2018, tiene Pasaporte vigente y no cuenta con antecedentes penales en su país de origen. Posteriormente, la amparada es notificada por parte del Servicio Nacional de Migraciones del contenido de la Resolución Exenta N°21206287 de fecha 8 de noviembre de 2021, mediante la cual se rechaza su solicitud de residencia temporal y se ordena el abandono del país en un plazo de 30 días, por considerar que contraviene lo dispuesto en el artículo 8 transitorio de la Ley N°21.235, ya que ingresó al territorio nacional en un plazo posterior al de entrada en vigencia de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería. Indica que a raíz de una fiscalización de la Policía de Investigaciones se enteró del rechazo de su Visa con abandono del país, enterándose informalmente

Fundamentos

Considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía cautelar se reclama la ilegalidad de la Resolución Exenta N°21206287 de fecha 08 de noviembre de 2021, que rechazó la solicitud de regularización migratoria de la actora y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 30 días, argumentando que su ingreso al país se produjo en calidad de turista el día 06 de agosto de 2018, según consta en la tarjeta de ingreso con el timbre de la Policía de Investigaciones de Chile que acompaña. Tercero: Que atendido el mérito de la resolución impugnada, se deprende que la decisión de la autoridad administrativa no tiene suficiente sustento fáctico y deviene en ilegal, porque se funda en un ingreso al país posterior a la entrada en vigencia del plazo dispuesto en el artículo 8° transitorio de la Ley 21.325, lo que no resulta efectivo a la luz de lo señalado en el motivo precedente, lo que no fue advertido por la autoridad. Por consiguiente, el acto administrativo reclamado carece de la debida fundamentación, lo que lo hace ilegal al tenor de la Ley 19880, no pudiendo tampoco desprenderse del mismo un criterio de proporcionalidad y razonabilidad que lo sustente, motivo por el cual la presente acción debe ser acogida, pues afecta la garantía constitucional del artículo 19 N°7 de la Carta Fundamental.

Fallo

se declara no ha lugar solicitud de visa de residencia temporal y se dispone el abandono del país en un plazo de 30 días, lo que vulnera su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. La amparada ingresó al país el 06 de agosto de 2018, por paso habilitado. Solicitó una visa de residencia sujeta a contrato dentro del marco de la antigua ley de Extranjería ante la ex Gobernación Provincial de Valparaíso, pero la amparada no recibió respuesta de ésta, pese a haber pagado los derechos de su Visa el 02 de enero de 2020, por un monto total de $200.920. Posteriormente con fecha 07 de mayo de 2021 se acoge al proceso de regularización contemplado en el inciso 1° del artículo 8vo transitorio de la Ley 21.325, de 2021, para el otorgamiento de una visa temporaria, ya que su ingreso a Chile fue el 6 de agosto de 2018, tiene Pasaporte vigente y no cuenta con antecedentes penales en su país de origen. Posteriormente, la amparada es notificada por parte del Servicio Nacional de Migraciones del contenido de la Resolución Exenta N°21206287 de fecha 8 de noviembre de 2021, mediante la cual se rechaza su solicitud de residencia temporal y se ordena el abandono del país en un plazo de 30 días, por considerar que contraviene lo dispuesto en el artículo 8 transitorio de la Ley N°21.235, ya que ingresó al territorio nacional en un plazo posterior al de entrada en vigencia de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería. Indica que

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: Se interpone en autos recurso de amparo a favor de Laura Katherine Rodríguez Barbosa, empleada, de nacionalidad colombiana, pasaporte NºAV170378, en contra de la Resolución Exenta N°21206287 de fecha 8 de noviembre de 2021, dictada por el Servicio Nacional de Extranjería, dependiente del Ministerio de Interior y Segurid

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