RAFAEL BELEÑO MENCO C/ SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES Y POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.
Rol
Fecha
9 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Se interpone en autos recurso de amparo a favor de Rafael Enrique Beleño Menco, de nacionalidad colombiana, en contra de la Resolución Exenta que ordena su abandono del país, lo que vulnera su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Indica que el amparado ingresó al país como turista el 12 de diciembre de 2020, posteriormente con fecha 26 de junio de 2021 recibe la resolución exenta que indica que su solicitud de regularización era rechazada y dispone el abandono del país. Añade que en diciembre de 2022, realiza una nueva solicitud de residencia, con fecha 10 de julio de 2023 es notificado que su solicitud no se puede acoger a trámite por existir una orden de abandono pendiente en su contra. Agrega que nunca fue notificado de esa resolución y que en el país se encuentra viviendo con sus hijas todas con residencia definitiva, sus nietos y familiares que mantiene en el país. Finalmente señala que si bien, el Servicio Nacional de Migraciones, rechazó la solicitud de regularización, ello no obsta a que la decisión contenida en la resolución citada, emanada del Servicio en comento, no aparece revestida de racionalidad y resulta arbitraria a la luz de la situación jurídica y fáctica actual de la amparada. Solicita en definitiva, se ordene dejar sin efecto la orden de abandono que existe en su contra. Acompaña documentación. A folio 6, se informa por parte del Servicio Nacional de Migraciones y opone la excepción de cosa juzgada, atendido a que con fecha 05 de octubre de 2022, fue presentada ante esta Ilustrísima Corte de Apelaciones el recurso de amparo rolado 1775-2022. Que, tanto el petitorio del recurso presentado por el amparado, en la causa 1775-2022 como en la causa de marras, persiguen la misma finalidad, la cual es dejar sin efecto la Resolución Exenta que ordena el abandono al extranjero del territorio nacional. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
Considerando: I. Respecto a la excepción de cosa juzgada: Primero: Que el Servicio Nacional de Migraciones alegó la cosa juzgada, en relación con el recurso de amparo tramitado ante esta Corte Rol 1775-2022, que fue rechazado el 21 de octubre de 2022. Segundo: Que teniendo presente que en la causa indicada se solicita dejar sin efecto la orden de abandono dictada en la resolución exenta de fecha 29 de junio de 2021 y, en este libelo, se cuestiona la dictación por parte de la autoridad administrativa de la decisión de no acoger a trámite una nueva solicitud de regularización migratoria, no se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, por lo que dicha alegación se rechazará. II. En cuanto al fondo: Tercero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Cuarto: Que, por esta vía cautelar se reclama la ilegalidad de la Resolución Exenta de fecha 10 de julio de 2023, que tuvo por rechazada la solicitud de residencia solicitada, por mantener el amparado vigente una orden de abandono dictada con fecha 29 de junio de 2021. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que la resolución exenta de fecha 10 de julio de 2023, fue dictada por autoridad competente y dentro del ámbito de sus atribuciones, lo que descarta un actuar ilegal por parte del Servicio recurrido, por lo que el recurso se desestimará.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la excepción de cosa juzgada deducida y el recurso de amparo interpuesto en favor de Rafael Enrique Beleño Menco, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N°Amparo-288-2024. En Valparaíso, nueve de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: Se interpone en autos recurso de amparo a favor de Rafael Enrique Beleño Menco, de nacionalidad colombiana, en contra de la Resolución Exenta que ordena su abandono del país, lo que vulnera su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Indica que e
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