SIN INFORMACION

BELTRÁN SAGARDÍA RODRIGO ALEJANDRO/POLICÍA DE INVESTIGACIONES Y CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

8 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente amparo se interpone en favor de Rodrigo Alejandro Beltrán Sagardia, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y del Ministerio Público, por búsquedas hacia su persona realizadas por supuestos funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile. 2°.- Que, del mérito de lo obrado en autos Ingreso Corte N° 1984-2023 Amparo, tenido a la vista, se evidencia que respecto del mismo actor se dedujo acción de amparo por hechos coincidentes a los que fundan el presente, el que fue rechazado por la Cuarta Sala de esta Corte, a través de sentencia de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, descartándose la existencia de algún hecho o actuación “que pueda considerarse ilegal, que genere además una privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado”. 3°.- Que, en los referidos autos se estableció que la búsqueda del amparado se sustentaba en una investigación llevada a cabo por el Ministerio Público, causa RUC 2200291212-4, seguida por el delito de estafa en contra de Rodrigo Alejandro Beltrán Sagardia, despachándose orden de investigar a la Brigada de Delitos Económico Metropolitana, razón por la que se concluyó que no existía en la especie acto alguno que pueda considerarse como ilegal, que genere además una privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal y seguridad individual del amparado, sin que se hayan señalado en el libelo en estudio nuevas circunstancias que permitan establecer que hechos que excedan la labor investigativa. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el presente recurso, por tratarse de hechos ya sometidos al conocimiento de esta Corte, y resueltos en su oportunidad. Archívese. N°Amparo-636-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Sandra Araya Naranjo, e integrada por la Ministra señora María Paula Meri

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el presente recurso, por tratarse de hechos ya sometidos al conocimiento de esta Corte, y resueltos en su oportunidad. Archívese. N°Amparo-636-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Sandra Araya Naranjo, e integrada por la Ministra señora María Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veinticuatro. Póngase en conocimiento de todos los intervinientes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Proveyendo al folio N° 1: a lo principal y otrosí, aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente amparo se interpone en favor de R

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