MORENO/DIAZ
Rol
Fecha
8 de marzo de 2024
Materia
SENTENCIA PENAL CONDENATORIA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, previa sustitución en el
Fundamentos
considerando Vigésimo Quinto del guarismo “28.000.000” por “40.000.000” y se tiene además presente: Que si bien la naturaleza satisfactoria de la indemnización que se fija respecto del daño moral no puede hacer desaparecer la afectación de bienes extrapatrimoniales que ha experimentado la demandada y es en este sentido que debe considerarse la afirmación del tribunal que la indemnización aligere en algo los padecimientos y el dolor que ha sufrido la actora, y no en el sentido que la misma no podría significar una reparación íntegra del daño y, desde este punto de vista, no se divisa error jurídico. Sin embargo y teniendo presente precisamente los diversos factores que la Sra. Magistrado reseña en el párrafo final del considerando Vigésimo Quinto, la indemnización regulada por el tribunal parece exigua considerando los profundos daños físicos y psíquicos que fueron acreditados en la causa, resultando más condigno a ello, a juicio de este tribunal, regular la indemnización por el daño moral en la suma de cuarenta millones de pesos. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas del recurso, la sentencia apelada de fecha veinte de noviembre de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-941-2023 del Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, CON DECLARACIÓN que se aumenta la indemnización por daño moral a la suma de cuarenta millones de pesos ($40.000.000). Regístrese y comuníquese. Rol 1231-2023 (CIV) 1
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Antofagasta, a ocho de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, previa sustitución en el considerando Vigésimo Quinto del guarismo “28.000.000” por “40.000.000” y se tiene además presente: Que si bien la naturaleza satisfactoria de la indemnización que se fija respecto del daño moral no puede hacer desaparecer la afectación de bienes extrapatrimoniales que ha ex
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