MUÑOZ/BANCO ITAÚ CHILE S.A.
Rol
Fecha
8 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el dieciséis de septiembre de dos mil veintitrés, comparece el abogado Claudio García Huerta, en representación de Sociedad Comercial Distribuidora de alimentos P y M Ltda. y Juan Carlos Muñoz Godoy, ejecutados, en causa sobre juicio ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el 1° Juzgado de Letras de Coquimbo, causa Rol C-1551-2020, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el once de septiembre de dos mil veintitrés, por el juez Jorge Luis Vega Garvizo, que declaró inadmisibles los recursos de apelación y casación deducidos en contra de la resolución que rechazó la excepción de prescripción. Expone como antecedente de su recurso que ambos recursos fueron interpuestos en tiempo y forma y que mediante la resolución a que se hizo referencia, el tribunal a quo declaró inadmisibles los recursos, toda vez que la resolución de fecha veinticinco de agosto de dos mil veintitrés, que rechazó a tramitación la excepción de prescripción de la deuda y de la acción ejecutiva opuesta por extemporánea no tiene la naturaleza jurídica de sentencia definitiva. En consecuencia, refiere que si los recursos se estimaban inadmisibles, el tribunal debió dictar sentencia definitiva acorde lo dispuesto en el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil, teniendo, a su juicio, dicha naturaleza la resolución que declara inadmisibles las excepciones por extemporáneas, por lo que los recursos impetrados son procedentes. Por lo anterior, solicita que se acoja el recurso y se revoque la resolución recurrida, declarándose que los recursos de apelación y casación en la forma interpuestos son admisibles. SEGUNDO: Que, a folio 10, evacuó informe don Jorge Vera Garvizo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo, señalando que en causa ejecutiva sobre cobro de pagaré Rol C-1551-2020, con fecha dieciséis de julio de dos mil veintidós la ejecutada promovió incidente de abandono del procedimiento –rechazado el uno de marzo de
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 90, 189, 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de hecho deducido el dieciséis de septiembre de dos mil veintitrés por el abogado Claudio García Huerta. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº1435-2023 Civil.-
Texto Completo (Preview)
Muñoz Godoy, Juan Carlos Banco Itaú Chile S.A Recurso de hecho Rol Nº1435-2023 Civil (Rol C-1551-2020 del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo) La Serena, ocho de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el dieciséis de septiembre de dos mil veintitrés, comparece el abogado Claudio García Huerta, en representación de Sociedad Comercial Distribuidora de alimentos P y M
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