M.P. C/ CARLOS JOSE ANDRES ESPINOZA NUNEZ
Rol
Fecha
8 de marzo de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de siete de marzo del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-1336-2024 del Juzgado de Garantía de Curicó, que no dio lugar a la internación provisoria respecto del imputado Carlos José Andrés Espinoza Núñez. Acordada con el voto en contra del Ministro Moisés Muñoz Concha, quien estuvo por revocar la resolución en alzada e imponer la medida cautelar de internación provisoria, en atención a la naturaleza del delito que se le atribuye al imputado, lo que en su concepto, cualquiera otra medida cautelar de menor intensidad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. La presente resolución cumple requisitos establecidos en el Acta N° 44-2022 de la Excma. Corte Suprema sobre anonimización de las sentencias. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-349-2024.
Texto Completo (Preview)
Talca, ocho de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de siete de marzo del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-1336-2024 del Juzgado d
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