PACHECO/GALDAMES
Rol
Fecha
8 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Arturo Samit Alvarado, en representación de Carla Pacheco Flores, deduciendo recurso de protección en contra de Waldemir Galdames Olivares, por los actos ilegales realizados por éste que amenazan los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 4 de la Constitución Política de la República, solicitando se acoja la acción ordenando el cese de estas conductas por los
Fundamentos
fundamentos que expone. Sostiene que la actora es funcionaria de la Policía de Investigaciones, suspendida de sus funciones según le fuera informado con fecha 17 de noviembre de 2023. Añade que el recurrido ha actuado fuera del marco legal, al mantener en su poder el teléfono celular de doña Carla Pacheco Flores, donde por medio de la vulneración de los sistemas de seguridad, ha accedido sin autorización a información contenida en este aparato, incluyendo mensajes de WhatsApp, mensajería, conversaciones y fotos íntimas y privadas. Manifiesta que, con esta información, el recurrido concurre a una unidad policial de la comuna de Quillota donde denuncia una serie de hechos irregulares en que habría incurrido la actora, ofreciendo como prueba la información obtenida de manera ilegal desde el teléfono ya mencionado. Es así, que, en una declaración entregada en la Policía de Investigaciones, habría mencionado tener respaldo de mensajes y audios, que serían los obtenidos del modo ya indicado. Refiere que el recurrido la habría amenazas con la exposición de esta información lo que la tendría muy afectada. Conforme a ello solicita que se acoja la presente acción, ordenando que aquellos documentos, imágenes, textos, WhatsApp no sean exhibidos, entregados, copiados, duplicados, subidos a cualquier plataforma de redes sociales, etc. a terceros y que no sean utilizados en forma ilegal por ninguna institución, organismo público o privado u otro. Acompaña documentación a su recurso. Requerido el informe del recurrido, este no fue evacuado, por lo que se prescindió del mismo y se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. SEGUNDO: Que, los hechos que motivan el presente recurso consisten en la obtención ilícita de un teléfono celular desde el cuál se habría extraído información privada sin consentimiento de su propietaria, la que se está usando para amedrentarla y efectuar denuncias en su contra en la Policía de Investigaciones, institución de la que la actora forma parte. Es así como la recurrente estima amenazadas las garantías constitucionales previstas en los artículos 19 Nº1 y 4 de la Constitución Política de la República. TERCERO: Que, la naturaleza cautelar del presente arbitrio exige la existencia de derechos indubitados que se vean conculcados o amenazados de un modo que deban ser resguardados con urgencia, lo que no se advierte en la presente causa, desde que la ley franquea otros medios jurídicos para resolver el asunto debatido. En efecto, habiéndose formulado una denuncia por hechos que podrían ser constitutivos de delito o responsabilidad administrativ
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor Carla Pacheco Flores en contra de Waldemir Galdames Olivares, sin perjuicio de las investigaciones o procesos administrativos, disciplinarios o judiciales que se puedan abrir en lo sucesivo conforme a la normativa vigente. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-23586-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece Arturo Samit Alvarado, en representación de Carla Pacheco Flores, deduciendo recurso de protección en contra de Waldemir Galdames Olivares, por los actos ilegales realizados por éste que amenazan los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 4 de la Constitución Política de la República, solicitand
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