ROBLEDANO PERUCICH, MARCIAL/GODOY CONTRERAS, XIMENA
Rol
Fecha
7 de marzo de 2024
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO:
Fundamentos
Considerando las cláusulas del mandato de corretaje, en particular la no exclusividad, cobra sentido las conclusiones de la Sra. Jueza a quo, alcanzadas conforme al mérito de la prueba rendida, y conforme lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia dictada el dos de noviembre de dos mil veintidós, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 857-2023 Civil.-
Texto Completo (Preview)
Robledano Perucich, Marcial Godoy Contreras, Ximena Cobro de honorarios Rol N° 857-2023 (Rol C-2263-2020 del Primer Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, siete de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: Considerando las cláusulas del mandato de corretaje, en particular la no exclusividad, cobra sentido las conclusiones de la Sra. Jueza a quo, alcanzadas conforme al mérito de la prueba rendida,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica