JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MAURICIO ANTONIO AVEDANO PARADA C/ EMANUEL JOSUE MARTINEZ PUERTAS

Rol

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, en cuanto a los dos primeros como ha señalado la defensa, ellos no fueron objeto de controversia en la audiencia respectiva, tampoco lo fueron ahora, sin embargo aquellos se encuentran establecidos conforme a la existencia de evidencia audiovisual de la dinámica delictiva, tal como ha sido descrita en esta audiencia por quien representa al Ministerio Público. En cuanto a la letra c), se estima que la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible que ha sido imputado y a que al momento del delito, el imputado se encontraba sujeto al cumplimiento de una pena sustitutiva de aquellas que señala la Ley 18.216, SE CONFIRMA la resolución de veintiocho de febrero del año dos mil veinticuatro que decretó la prisión preventiva en relación a Emmanuel Josué Martínez Puertas. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 174-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a siete de marzo de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Sala Rol: 174-2024 Penal Ruc: 2400236107-4 RIT: 1482-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Pablo Zavala Fernández, señora Claudia Arenas González y Abogado Integrante, señor Patricio Ponce Correa. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Mariela Can

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