3º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

LIZAMA CON VALDIVIESO

Rol

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada en su parte expositiva,

Fundamentos

considerando y citas legales; Y teniendo además presente: Que atendido el valor de la unidad de fomento a la fecha de la interposición de la demanda, resulta evidente que la materia de la demanda no puede sustraerse del conocimiento de juez árbitro, porque no se configura la excepción prevista en el artículo 125 inciso segundo de la Ley N°18.046, toda vez que el valor libro de las acciones de la demandante superan las 5.000 unidades de fomento a dicha data. Y de conformidad además con lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia de dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 712-2023 Civil.

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Iquique, siete de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada en su parte expositiva, considerando y citas legales; Y teniendo además presente: Que atendido el valor de la unidad de fomento a la fecha de la interposición de la demanda, resulta evidente que la materia de la demanda no puede sustraerse del conocimiento de juez árbitro, porque no se configura la excepci

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