SIN INFORMACION

BARRALES MORENO HAROL HERNAN / MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rol

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Viviana González Trabol, Defensora Penal Público Penitenciario, en favor del amparado Harol Hernán Barrales Moreno, quien interpone recurso de amparo en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolitana y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el acto, consistente en el rechazo al amparado de la reducción de condena permitida por la Ley N° 19.856, al aplicar una ley posterior (Ley N° 21.421). Expone que su representado, está condenado por el Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, a la pena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de abuso sexual con contacto corporal de menor de 14 años, artículo 366 BIS; Iniciada su condena el día 23 de octubre de 2018 y cuyo término originalmente está previsto para el 15 de mayo de 2024. Expresa que mantuvo una conducta sobresaliente y por aplicación de la Ley N° 19.856, se rebajó su condena a 5 meses, teniendo nueva fecha de cumplimiento para el día 15 de diciembre de 2023. Refiere que producto de las instrucciones impartidas por el Señor Ministro de Justicia, se procedió a una nueva revisión y calificación de las exclusiones establecidas en el artículo 17 letra E) de la Ley 19.856, conforme a la nueva ley 21.421 que establece la exclusión del beneficio, impidiendo que recupere su libertad anticipadamente como en derecho corresponde. Precisa que los hechos, objeto de condena, ocurrieron en 2009 y 2010, y que la condena es de 20 de abril de 2018, todas anteriores a la entrada en vigencia de la Ley N° 21.421, de 9 de febrero de 2022. Señala que el 20 de noviembre de 2023, interpuso recurso de amparo en contra la Comisión de Rebaja de Condena año 2023, para que se le reconocieran los meses de rebaja, siendo rechazado por esta Corte con fecha 23 de noviembre de 2023, procediendo la defensa a presentar recurso de Apelación contra dicho fallo; revocándose por la Excma. Corte Suprema, disponiéndose que dicha Comisi

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además lo dispuesto en los artículos 19 N°3, N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, artículos 18 del Código Penal y 4° de la Ley N°19.856, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Harol Hernán Barrales Moreno, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-595-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de marzo de dos mil veinticuatro. A los folios 9 y 10; a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Viviana González Trabol, Defensora Penal Público Penitenciario, en favor del amparado Harol Hernán Barrales Moreno, quien interpone recurso de amparo en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolita

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