SIN INFORMACION

MUÑOZ/REZUC

Rol

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: Que, del mérito de los antecedentes, aparece que la resolución apelada subsidiariamente, de fecha 1 de diciembre de 2023, redujo el embargo parcialmente, respecto de uno de los dos bienes inmuebles objeto de dicha medida cautelar, y

Fundamentos

considerando que ésta constituye una verdadera medida precautoria, la resolución impugnada, en cuanto alza parcialmente la prohibición en comento, resulta apelable en el solo efecto devolutivo al tenor del N° 4 del artículo 194 del Código de Procedimiento Civil, y visto lo dispuesto, además, en el artículo 196 del mismo texto legal, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de hecho presentado por doña Pamela Díaz Jorquera, en contra de la resolución dictada por la Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coyhaique, doña Florentina Rezuc Hernández, de fecha uno de diciembre de dos mil veintitrés. Agréguese copia de la presente resolución en los autos Rol Corte N° 252-2023. Regístrese y devuélvase. Rol N° 260-2023 (Civil).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, siete de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: Que, del mérito de los antecedentes, aparece que la resolución apelada subsidiariamente, de fecha 1 de diciembre de 2023, redujo el embargo parcialmente, respecto de uno de los dos bienes inmuebles objeto de dicha medida cautelar, y considerando que ésta constituye una verdadera medida precautoria, la reso

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica