TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CAUQUENES

MP C/ ALEXIS ANTONIO MENDEZ PEREIRA

Rol

66591-2022

Fecha

26 de septiembre de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Alexis Antonio Méndez Pereira recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca por la cual fue condenado como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, denunciando la infracción al debido proceso, en relación al artículo 85 del mismo cuerpo legal, al ir conduciendo y ser fiscalizado, intentar retroceder y quedar atascado en una berma, valorando toda la prueba derivada de ello que podría haberse excluido atendida la falta de indicio suficiente ya que su conducta sería absolutamente neutra y los policías habrían actuado motivados por una sospecha infundada. 3° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación principal, es un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, razón por la cual se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Talca, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa de la sentenciada, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 66.591-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S., y la Abogada Integrante Sra. Pía Tavolari G. No firma la Abogada Integrante Sra. Tavolari, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Talca, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa de la sentenciada, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 66.591-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S., y la Abogada Integrante Sra. Pía Tavolari G. No firma la Abogada Integrante Sra. Tavolari, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Alexis Antonio Méndez Pereira recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca por la cual fue condenado como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. 2° Que por el recurso se ha invocad

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