ANONIMIZADO
Rol
22496-2022
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada solidaria, en relación con la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó su recurso de nulidad en contra de la que hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando que el accidente objeto del juicio es de responsabilidad de las demandadas y que deberán pagar solidariamente al actor, por concepto de indemnización por daño moral, la suma de $30.000.000. Segundo: Que la...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada solidaria, en relación con la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valpa
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