VEGAS/JARA
Rol
Fecha
15 de marzo de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.-Que de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 2° de la Ley 18.120: “Si al tiempo de pronunciarse el tribunal sobre el mandato, éste no estuviere legalmente constituido, el tribunal se limitará a ordenar la debida constitución de aquél dentro de un plazo de tres días. Extinguido este plazo y sin otro trámite, se tendrá la solicitud por no presentada para todos los efectos legales. Las resoluciones que se dicten sobre esta materia no serán susceptibles de recurso alguno.” 2.- Que de acuerdo al mérito de los antecedentes, la resolución impugnada es aquella que hizo efectivo dicho apercibimiento, por lo que la apelación interpuesta es improcedente. Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por el demandado Nelson Jara Valenzuela con fecha veintidós de febrero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro (cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Comuníquese. N°Civil-3267-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por el demandado Nelson Jara Valenzuela con fecha veintidós de febrero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro (cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Comuníquese. N°Civil-3267-2024.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.-Que de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 2° de la Ley 18.120: “Si al tiempo de pronunciarse el tribunal sobre el mandato, éste no estuviere legalmente constituido, el tribunal se limitará a ordenar la debida constitución de aquél dentro de un plazo de tres días. Extinguido
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