TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL PUENTE ALTO

M.P C/ BORIS HERNAN AMPUERO MONDACA

Rol

75584-2022

Fecha

23 de septiembre de 2022

Materia

Reforma

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo en consideración: Que la sentencia que se pronuncia sobre un recurso de nulidad no constituye instancia de modo que no comparte la naturaleza de aquéllas resoluciones que hacen procedente el recurso de queja; a lo que cabe agregar que de conformidad a lo prevenido en el artículo 387 del Código Procesal Penal contra dicha resolución, no procede recurso alguno. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el abogado Daniel Jara Ortega, en representación de Boris Hernán Ampuero Mondaca. Al primer otrosí: no ha lugar, esté a lo decidido. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N° 75.584-2022.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el abogado Daniel Jara Ortega, en representación de Boris Hernán Ampuero Mondaca. Al primer otrosí: no ha lugar, esté a lo decidido. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N° 75.584-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo en consideración: Que la sentencia que se pronuncia sobre un recurso de nulidad no constituye instancia de modo que no comparte la naturaleza de aquéllas resoluciones que hacen procedente el recurso de queja; a lo que cabe agregar que de conformidad a lo prevenido en el artículo 387 del Código Procesal Penal contra dicha r

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