BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/AMPI PROYECTOS E INSTALACIONES LTDA
Rol
Fecha
6 de marzo de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que se alza en apelación la parte ejecutante en contra de la resolución dictada el 21 de diciembre de 2023, escrita a folio 34 del cuaderno 3 incidente nulidad de lo obrado, seguido en causa Rol C-6264-20117 del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, por el cual se resolvió acoger el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento y, dispuso, tener por notificada de la demanda y requerida de pago a doña Rosmarie Angélica Parra Fuentealba, por sí y como codeudora solidaria. 2°) Que, del mérito de los antecedentes aparece que la resolución que se revisa, resuelve acertadamente el acoger el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento promovido por la ejecutada, pues resultó acreditado que el articulista no se encontraba en el domicilio sindicado en la demanda de autos, sino que residía en la ciudad de Valdivia desde el año 2017 en adelante por lo que no se encontraba en el lugar del juicio al momento de practicarse la notificación en autos. 3°) Que, la circunstancia referida, condujo a que no tenga conocimiento de estos autos, sin poder defenderse, irrogando un perjuicio reparable únicamente con la nulidad de lo obrado hasta la notificación válida de la demanda. Por lo anterior y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, la resolución en alzada de fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 34 del cuaderno 3 incidente nulidad de lo obrado, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. Devuélvase. Rol Civil N°5-2024.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, seis de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que se alza en apelación la parte ejecutante en contra de la resolución dictada el 21 de diciembre de 2023, escrita a folio 34 del cuaderno 3 incidente nulidad de lo obrado, seguido en causa Rol C-6264-20117 del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, por el cual se resolvió acoger el incidente de nulidad de lo obrado por falta de em
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