JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA

CORTÉS VARGAS, ALEJANDRO/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S.A

Rol

Fecha

6 de marzo de 2024

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: 1.- Que, en lo concerniente a la inadmisibilidad del recurso de apelación sostenida por la parte denunciada en su alegato, acorde a lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo y estimando estos sentenciadores que el recurso de apelación cumple con los requisitos formales necesarios para emitir un pronunciamiento a su respecto, dicha alegación será desechada. 2.- Que, en cuanto al fondo, teniendo presente que, acorde a lo prevenido en el artículo 453 N°1 del Código del Trabajo, las únicas excepciones que el tribunal puede resolver en la etapa de audiencia preparatoria -en el caso de contar con los antecedentes suficientes para ello- corresponde a las excepciones de incompetencia, de falta de capacidad o de personería del demandante, de ineptitud del libelo, de caducidad, de prescripción o aquella en que se reclame del procedimiento, no siendo ello procedente en el caso de la excepción de finiquito. De consiguiente, no cabe sino concluir que la resolución dictada en la audiencia preparatoria celebrada el 22 de agosto de 2023, por la cual se acogió la excepción de finiquito, es procesalmente inoportuna, debiendo haberse dejado su resolución para sentencia definitiva por el tribunal, conforme a lo señalado en la disposición antes citada. Por lo señalado, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 446, 453 y 476 del Código del Trabajo, y 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA en lo apelado la resolución dictada el veintidós de agosto de dos mil veintitrés, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar se decide que el tribunal a quo deberá dejar la resolución de la excepción de finiquito para sentencia definitiva, dando curso progresivo a los autos, citando a las partes a una nueva audiencia preparatoria ante juez no inhabilitado. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 316-2023 Laboral.-

Fallo

se decide que el tribunal a quo deberá dejar la resolución de la excepción de finiquito para sentencia definitiva, dando curso progresivo a los autos, citando a las partes a una nueva audiencia preparatoria ante juez no inhabilitado. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 316-2023 Laboral.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1.- Que, en lo concerniente a la inadmisibilidad del recurso de apelación sostenida por la parte denunciada en su alegato, acorde a lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo y estimando estos sentenciadores que el recurso de apelación cumple con los requisitos formales necesarios para emitir un pronunciamiento a su respecto, d

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