2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CONCHA/BECHTEL CHILE CONSTRUCCIÓN LIMITADA

Rol

Fecha

6 de marzo de 2024

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA - ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia de veintinueve de agosto dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-2011-2022, se acogió la denuncia de tutela laboral de derechos fundamentales impetrada por don Juan Carlos Concha Burgos, en contra de Bechtel Chile Construcción Limitada y Minera Los Pelambres, y se condenó a la primera de ellas al pago de la suma de $9.395.502.- por indemnización adicional del artículo 489 del Código del Trabajo; acogió la excepción de compensación opuesta por Bechtel Chile Construcción Limitada, únicamente respecto de la indemnización sustitutiva del aviso previo y; además, ordenó que la codemandada Minera Los Pelambres deberá responder de forma subsidiaria de las indemnizaciones que se han determinado en la sentencia. Contra este fallo, recurrieron de nulidad ambas demandadas. La demandada Bechtel Chile Construcción Limitada fundó su recurso en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, en su hipótesis de infracción de ley, denunciando infringido el artículo 163 del mismo cuerpo normativo, solicitando se acoja el recurso, se anule la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que rechace la denuncia por vulneración de derechos fundamentales. A su vez, la demandada Minera Los Pelambres, fundó también su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en su hipótesis de infracción de ley, aunque denunciando transgredidos los artículos 183 B y 489 del mismo texto. Solicitó a esta Corte que se acoja el recurso, se anule la sentencia en la parte que le ordenó pagar en forma subsidiaria las sumas señaladas a la parte demandante y se dicte sentencia de reemplazo que declare que su parte no es responsable subsidiaria de esa indemnización especial, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día catorce de febrero último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. En cuanto al recurso de la demandada Bechtel Chile Construcción Limitada. PRIMERO: Que, la demandada Bechtel Chile Construcción Limitada fundamenta su recurso en la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, en su segunda hipótesis, esto es, cuando la sentencia “se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”. Esto, por estimar vulnerado el artículo 163 del señalado Código. Señala que el

Fallo

fallo tuvo por establecido que con fecha 15 de agosto de 2022 se puso término al contrato del actor por la causal de conclusión de la obra o faena establecida en el artículo 159 N° 5 del citado Código, percibiendo la indemnización por tiempo servido establecida en el artículo 163 inciso tercero del Código Laboral. Pese a ello, el tribunal estimó que el despido se debió a una causa diversa, decretando que fue vulneratorio de los derechos fundamentales del trabajador por ser discriminatorio, cuestión que, a su juicio, contraviene el texto expreso de la ley. Al efecto, indica que el inciso tercero del artículo 163 del Código del Trabajo permite poner término en forma justificada al contrato por obra o faena en la medida que se pague al trabajador la indemnización equivalente a dos y medio días de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días, lo que ocurrió en la especie, y que tanto la jurisprudencia como la autoridad administrativa han entendido que, realizado este pago, el despido no puede ser declarado injustificado. Aduce que, en la especie, dado los hechos, el tribunal declaró que el despido se debió a la condición de salud, y con ello, se ha obviado la aplicación del inciso tercero del artículo 163 antes mencionado, al concluir que el despido se debió a una causal diversa a la invocada, al recibir el actor la indemnización por tiempo servido. De este modo, señala que el vicio que se debe corregir es haber considerado el despido como injustificado

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Por sentencia de veintinueve de agosto dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-2011-2022, se acogió la denuncia de tutela laboral de derechos fundamentales impetrada por don Juan Carlos Concha Burgos, en contra de Bechtel Chile Construcción Limitada y Minera Los Pelambres, y se

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