SIN INFORMACION

JN PIERRE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

6 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, la habilitada en derecho Elizabeth Cerda Gallino, interpone recurso de amparo en favor de FRANCIA JN PIERRE, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no haber remitido el certificado de residencia definitiva en trámite, lo que a su juicio ha perturbado y amenazado el legítimo ejercicio de su derecho a la libertad ambulatoria consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Señala que, la amparada llegó escapando de una situación económica muy precaria en su país. Es así como en la actualidad, trabaja y vive con su familia e hijos menores de edad en Chile. Refiere que, en el mes de octubre de 2021, solicitó la residencia definitiva, sin que hasta la fecha de presentación del recurso se le haya remitido el certificado correspondiente a la petición realizada, documento que le permitiría justificar su presencia legal en el país. Dicha solicitud mantiene el N°10227449, de fecha 4 de octubre de 2021. Hace presente que la tardanza del Servicio excede los plazos administrativos establecidos para la tramitación de este tipo de solicitudes. Asimismo, no contando con este documento, la amparada no puede extender la vigencia de su cédula de identidad, sin la que no es posible que salga o ingrese al país de manera regular. Sostiene que la omisión del Servicio perturba y amenaza el derecho a la libertad ambulatoria del aparado, por lo que resulta procedente el presente recurso de manera preventiva. Por su parte, afirma que la omisión denunciada importa una vulneración del principio de la unidad familiar y el interés superior del niño, mencionando otros derechos que se verían vulnerados entre los que destaca el derecho de dominio y el de ejercer cualquier libertad económica. Finalmente, solicita que se acoja el recurso de amparo, ordenando al Servicio que se pronuncie de manera definitiva respecto de la solicitud de visa requerida por el amparado sea otorgando o rechazando el beneficio migrat

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por el recurso de amparo se solicita se ordene al Servicio Nacional de Migraciones que se pronuncie de manera definitiva respecto de la solicitud de visa requerida por la amparada Francia JN Pierre, de nacionalidad haitiana, sea otorgando o rechazando el beneficio migratorio. Sin embargo, los fundamentos del recurso discurren sobre la falta de entrega del certificado de residencia definitiva en trámite. Segundo: Que, esta Corte estima que la autoridad recurrida no incurrió en ilegalidad, arbitrariedad o vulneración de garantías constitucionales, por cuanto de lo informado, aparece que el Servicio Nacional de Migraciones ha cumplido con la entrega del certificado requerido. Tercero: Que, a su turno, el derecho a la libertad personal, particularmente la ambulatoria, no se ve amagada con el hecho de que no se haya emitido un comprobante de permanencia definitiva en trámite, lo que podría configurar el incumplimiento de una gestión reglamentaria, cuestión que puede ser reclamada por la vía administrativa o bien, una acción de protección, si se estima que se ha vulnerado algún derecho fundamental de la actora, pero no por medio de una acción como la ejercida en autos Cuarto: Que, por consiguiente, en estas especiales circunstancias, los hechos fundantes del recurso no dan cuenta de una privación o vulneración a la libertad personal o seguridad individual de la amparada, por lo que éste no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se resuelve que SE RECHAZA la acción constitucional de amparo, deducida en favor de Francia JN Pierre. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-263-2024. En Valparaíso, seis de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, la habilitada en derecho Elizabeth Cerda Gallino, interpone recurso de amparo en favor de FRANCIA JN PIERRE, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no haber remitido el certificado de residencia definitiva en trámite, lo que a su juicio ha perturbado y amenazado el legíti

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