ROJAS/DÍAZ
Rol
Fecha
6 de marzo de 2024
Materia
MONITORIO, COBRO RENTAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Que teniendo especialmente presente la cláusula número 18 del contrato de arrendamiento celebrado con fecha 22 de julio de 2022, entre la demandante doña Magdalena Rojas Durán y el demandado don Jaime Díaz Guerra, la cual indica expresamente: “Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en Viña del Mar y someten su jurisdicción de sus Tribunales” y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1545 del Código Civil y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Limache, en los autos C-172-2023; y, en su lugar se declara que se acoge la excepción dilatoria de incompetencia del tribunal, sin costas. Devuélvase. N°Civil-599-2024.
Fallo
se declara que se acoge la excepción dilatoria de incompetencia del tribunal, sin costas. Devuélvase. N°Civil-599-2024.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: Que teniendo especialmente presente la cláusula número 18 del contrato de arrendamiento celebrado con fecha 22 de julio de 2022, entre la demandante doña Magdalena Rojas Durán y el demandado don Jaime Díaz Guerra, la cual indica expresamente: “Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en Viña del
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