ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DEC INHAB/INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1.- Que, en materia de pago de pensiones alimenticias la parte final del inciso séptimo del artículo 12 de la Ley N°14.908, establece que: “… La decisión que acoge la objeción a la liquidación, sea total o parcialmente, sólo será impugnable por la contraparte mediante recurso de reposición y siempre que ésta no hubiere tenido ocasión de ser oída sobre la materia que se reclama.” 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella...
Fallo
se declara que el abogado integrante Waldo Ortega Jarpa se encuentra inhabilitado para conocer de la presente causa. Visto: 1.- Que, en materia de pago de pensiones alimenticias la parte final del inciso séptimo del artículo 12 de la Ley N°14.908, establece que: “… La decisión que acoge la objeción a la liquidación, sea total o parcialmente, sólo será impugnable por la contraparte mediante recurso de reposición y siempre que ésta no hubiere tenido ocasión de ser oída sobre la materia que se reclama.” 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NGA/jcd Concepción, siete de marzo de dos mil veinticuatro. Con el mérito de la constancia que antecede, se declara que el abogado integrante Waldo Ortega Jarpa se encuentra inhabilitado para conocer de la presente causa. Visto: 1.- Que, en materia de pago de pensiones alimenticias la parte final del inciso séptimo del artículo 12 de la Ley N°14.908, establece que: “… La decisió
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