Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

LEÓN/COMUNIDAD EDIFICIO BANDERA 880

Rol

C-3924-2022

Fecha

14 de diciembre de 2022

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 17 y 22 de septiembre de 2022, el abogado don HANS PERCY GUNTHER AYALA, con domicilio en calle Huérfanos N°786 departamento 601, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, interpone demanda incidental de cobro de honorarios en contra del ejecutante de autos don LUIS ALBERTO LEÓN LÓPEZ, domiciliado en calle Pablo Buchard N°4154, departamento 15, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana. Funda su pretensión en que en el mes de octubre del año 2020, llegó hasta su oficina don LUIS ALBERTO LEÓN LÓPEZ, ya individualizado, ex-trabajador de la COMUNIDAD EDIFICIO BANDERA 880 de la comuna de Santiago, a quien conocía bien y con el cual tenía una relación de amistad, toda vez que, durante los años 2017 al 2019 prestó servicios como asesor jurídico en dicha comunidad, lugar donde lo conoció; relatándole, una secuela de graves hechos que le afectaban -entre ellas- el despido de la anotada comunidad, los hechos y circunstancias que la motivaron, entre los cuales se encontraban actos de acoso laboral ejecutados por el administrador y otro conserje, su cesantía y falta de recursos económicos para costear un abogado particular que defendiera sus intereses. Indica que bajo esas circunstancias,

Fundamentos

considerando el arduo trabajo de lectura y estudio de los antecedentes; la complejidad del asunto a abordar; y la imposibilidad del señor LEÓN LÓPEZ para pagar los honorarios del abogado infrascrito en ese momento, pactaron bilateralmente que los honorarios serían a cuota Litis, por un 50% (cincuenta por ciento) de lo que se lograra obtener como resultado del juicio; perfeccionándose así, consensualmente el acuerdo. Hace presente que en virtud del acuerdo arribado, el señor LEÓN LÓPEZ le otorgó poder al momento de presentar la demanda laboral, firmando ambos con la firma electrónica simple de la página web del poder judicial; lo que le habilitó para presentar, con fecha 10.08.2020 demanda de despido injustificado, indebido, improcedente o sin causa legal, nulidad del despido, cobro de prestaciones, reajustes, intereses y costas ante el 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dando origen a la causa RIT O-5059-2020. Expresa que los antecedentes y las técnicas jurídicas desplegadas fueron de tanta eficacia que se logró obtener un resultado favorable para el señor LEÓN LÓPEZ, condenándose a la COMUNIDAD EDIFICIO BANDERA 880 por haber incurrido en un despido indebido al Sr. LEÓN, ordenándose al pago de las siguientes prestaciones: a).- $681.600 por indemnización sustitutiva de aviso previo. b).- $4.089.600 por indemnización por seis años de servicios, más 3.271.680 por el incremento del 80% establecido en la letra c) del Art.168 del Código del Trabajo. c).- Que, estas sumas deberán serlo con los reajustes e intereses establecidos en los Artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Todo ello, según consta en la sentencia definitiva de fecha 14 de mayo del año 2021. Código: EJRMXCCXBHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Agrega que no obstante lo anterior, la tramitación de la causa prosiguió, toda vez que la COMUNIDAD EDIFICIO BANDERA 880 interpuso Recurso de Nulidad ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol Nº1784-2021, recurso en el que el abogado infrascrito se hizo parte y anunció alegatos con fecha 09.06.2021 según consta a folio 3 de esos autos, para obrar en contra del recurso y en beneficio del demandado de autos, quedando a la espera que la I. Corte pusiera en tabla el recurso. Manifiesta que siguió esperando la tramitación ante la I. Corte de Apelaciones de Santiago para obtener el rechazo del recurso (concretamente la puesta en tabla del recurso), hasta que sorpresivamente y sin aviso previo, con fecha 23.02.2022 el demandado de autos le revocó el poder para obrar a su favor, otorgando un nuevo poder a otro abogado, sin darle explicación alguna, todo con el único propósito de eludir el pago de sus honorarios. Sostiene que según la Sentencia definitiva, la suma líquida que debía pagarse al señor LEÓN LÓPEZ era de $8.042.880, más reajustes e intereses; y que actualmente asciende a la suma de $10.530.325 (diez millones quinientos treinta mil tresc

Fallo

se declara: I.-. Que se acoge la demanda incidental de cobro de honorarios deducida, declarando que el demandado incidental don LUIS ALBERTO LEÓN LÓPEZ deberá pagar al abogado don HANS PERCY GUNTHER AYALA, por concepto de honorarios el 30% del monto del crédito liquidado en autos con fecha 15 de septiembre de 2022, esto es, la suma de $3.159.098.- (tres millones ciento cincuenta y nueve mil noventa y ocho pesos). II.- Que cada parte pagará sus costas. III.- Reténgase a favor del demandante incidental la suma precedentemente ordenada pagar, de los dineros que se lleguen a consignar en la presente causa, para el pago del crédito de autos. RIT: C-3924-2022 RUC: 20-4-0287385-0 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago, a catorce de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. ras Código: EJRMXCCXBHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-14T16:27:58-0300

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 17 y 22 de septiembre de 2022, el abogado don HANS PERCY GUNTHER AYALA, con domicilio en calle Huérfanos N°786 departamento 601, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, interpone demanda incidental de cobro de honorarios en contra del ejecutante de autos don LUIS ALBERTO LEÓN LÓPEZ, domiciliado en calle Pablo Buchar

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