ROGEL/CONTRA DE GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
6 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que con fecha 20 de febrero de 2024 comparece Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en calle 3 oriente 1326 oficina 5-A, en representación de doña NATALY DEL CARMEN SANGUINETTI CAÑIPAN, cédula de identidad N° 17.121.891-8, doña ANA MARÍA PARADA SAGARDIA, cédula de identidad N°19.058.409-7 y doña KASSANDRA DE LOURDES ROGEL SEPULVEDA, cédula de identidad N°18.672.975-7, todas privadas de libertad en calidad de condenadas, actualmente en condición de asiladas en el módulo 1 del Centro Penitenciario Femenino (CPF) de Talca, en contra de Gendarmería de Chile, representado por su Director Regional EDGARDO CANIULEF GAJARDO, por las actuales condiciones en que las amparadas se encuentran recluidas cumpliendo sus condenas al interior del CPF de Talca, condiciones que perturban el derecho a la libertad personal y seguridad individual de todas ellas. Explica que las internas Nataly Sanguintti Cañipan, Ana María Parada Sagardia y Kassandra Rogel Sepúlveda se encuentran aisladas habitando la misma celda del módulo Nº1 del CPF de Talca hace más de una semana, debido a que se encuentran con segmentación penitenciada agotada. Indica que, en el mismo módulo, se encuentran otras tres mujeres en calidad de imputadas, lo que provoca que no exista un régimen de desencierro durante el día, permitiéndoles solo una hora por celda. Menciona que no cuentan con baño ni agua potable, y que la dependencia alberga internas condenadas e imputadas juntas, estando éstas en total abandono, pues la unidad cuenta con escaso personal custodio, lo que dificulta su acceso al baño o a cualquier urgencia que estas mantengan, pues tienen que gritar para que se apersone alguna funcionaria. Precisa que, en las noches, el escenario es peor puesto que no hay funcionarias en el módulos, y que esta ausencia de personal fue corroborada por el Fiscal Judicial de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, Gonzalo Pérez Correa, en informe en visita del primer se
Fundamentos
fundamentos y peticiones exceden el objetivo de un recurso de amparo, establecido en favor de la libertad personal y seguridad individual. En efecto, las condiciones generales de vida al interior del recinto penal en que se encuentran las amparadas, que se reclaman en el libelo y se sostuvo en estrados, son propias de acciones de otra naturaleza, por lo que procede el rechazo de la presente acción constitucional. QUINTO: Que, no obstante lo antes resuelto, cabe señalar que según lo informado por Gendarmería de Chile y documentos acompañados, se constata que la amparada Sanguinetti Cañipan ya fue trasladada a otro recinto penitenciario, y que se efectuó la misma solicitud respecto de las otras dos amparadas Parada Sagardia y Rogel Sepúlveda, pendientes de resolución a nivel central. De igual forma, aparece que se habría aumentado la dotación del personal custodio durante el día en cada módulo. SEXTO: Que, sin perjuicio de lo razonado precedentemente, esta Corte estima de toda procedencia, dentro de las posibilidades técnicas y de personal de Gendarmería, sugerir medidas como el traslado urgente de las amparadas Parada Sagardia y Rogel Sepúlveda y que durante el encierro nocturno se disponga la realización de rondas periódicas para atender las necesidades de salud y baño de las internas.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario. Lo anterior sin perjuicio de hacer efectivas y dar cumplimiento a las sugerencias señaladas en el motivo octavo de este fallo. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°140-2024/Amparo.-
Texto Completo (Preview)
Talca, seis de marzo dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Que con fecha 20 de febrero de 2024 comparece Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en calle 3 oriente 1326 oficina 5-A, en representación de doña NATALY DEL CARMEN SANGUINETTI CAÑIPAN, cédula de identidad N° 17.121.891-8, doña ANA MARÍA PARADA SAGARDIA, cédula de identidad N°19.058.409-7 y doña KASSANDRA
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