DÍAZ/QUIROZ
Rol
Fecha
5 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado de la parte demandada dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de once de enero del año en curso, pronunciada en causa Rol 1026-2020 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad, que denegó el recurso de apelación deducido de manera subsidiaria al de reposición presentado en contra de la resolución de dos de enero recién pasado, que concedió a la demandante la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de un inmueble de propiedad de su representada, estimando para ello la naturaleza de la resolución recurrida, lo establecido en el artículo 194 N°4 del Código de Procedimiento Civil y el carácter temporal de la resolución recurrida. Pide se acoja el recurso de hecho y declarar admisible el recurso de apelación subsidiario incoado, en el solo efecto devolutivo y se ordene al tribunal de la instancia remitir los autos a esta Corte de Apelaciones para el conocimiento y resolución del recurso de apelación. SEGUNDO: Que, evacuando el informe requerido por esta Corte, el Juez recurrido, refiere que denegó el recurso de apelación subsidiario en contra de la resolución que concedió una medida precautoria ante la eventual insuficiencia del valor de subasta del bien embargado, el que además cuenta con numerosos embargos y además por estimar que la resolución apelada en subsidio es una resolución que no admite este recurso, pues se trata de una decisión transitoria y de cautela y por cuanto es un auto y su apelación no está prevista expresamente en la ley. Expresa que a mayor abundamiento, tratándose de una situación recursiva especial (de apelar en subsidio) el artículo 194 N°4 del Código de Procedimiento Civil, al contemplar la apelación en el solo efecto devolutivo únicamente para el caso de las resoluciones que ordenan alzar las medidas, se debe entender que se excluye la apelación en el resto de los casos. TERCERO: Que, a juicio de esta Corte, y tal como ha sido reconocido por el
Fallo
se declara: Que SE ACOGE el recurso de hecho deducido, en contra de la resolución dictada el quince de enero del año en curso, en la causa Rol C-1026-2020 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad y en consecuencia se declara admisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de dos de enero del año en curso, en el solo efecto devolutivo y se ordena al tribunal remitir los antecedentes a esta Corte de Apelaciones para el conocimiento y resolución del recurso de apelación. Regístrese, notifíquese y comuníquese lo resuelto al tribunal de la instancia, por la vía correspondiente. Rol N° 14-2024 Civil (Hecho).
Texto Completo (Preview)
Arica, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado de la parte demandada dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de once de enero del año en curso, pronunciada en causa Rol 1026-2020 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad, que denegó el recurso de apelación deducido de manera subsidiaria al de reposición presentado en contra de la r
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