SIN INFORMACION

CONSENER SPA/VERGARA VARAS PEDRO PABLO (LTE) -VUELVE A TABLA-

Rol

Fecha

5 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece la demandante principal Consener SpA, en autos arbitrales Rol CAM A-4073-20202, caratulados “Consener SpA con Quanta Services Chile SpA”, en contra del Tribunal Arbitral conformado por los señores Jorge Baraona González, Pedro Pablo Vergara Varas y Andrés Cúneo Machiavello, por las faltas y abusos cometidos al dictar la sentencia definitiva de 27 de septiembre de 2022, que junto con rechazar la objeción documental, desechó la demanda principal y la reconvencional en todas sus partes, sin costas. Solicita que se acoja el recurso, constatando todas las faltas y abusos graves denunciados, adoptando en consecuencia las medidas que se estimen conducentes a remediarlas; que por lo anterior se deje sin efecto la sentencia definitiva; se dicte una nueva, fundada y motivada sentencia, en base a los escritos de discusión y la prueba rendida; que al dictar el nuevo fallo se declare que se ha debido hacer lugar a la demanda de esa parte y, hacer las declaraciones que detalla, y aplicar la medida disciplinaria de amonestación privada al infractor o la que se considere conforme al mérito del proceso y en derecho. Requiere: a. Declarar que el contrato o “Memorándum de Entendimiento” y Anexo A ambos suscritos con fecha 31 de agosto de 2017 generó derechos y obligaciones vinculantes para ambas partes. b. Declarar que las partes, en ejecución del contrato denominado “MOU” celebraron consensualmente un contrato de alianza permanente que se regiría por las normas y principios establecidos en el referido “MOU” y en su Anexo A. c. Declarar que Quanta Services Chile SpA incumplió las obligaciones emanadas tanto del “MOU” y su anexo como del contrato de alianza. d. Declarar que, a consecuencia de dichos incumplimientos Quanta Service Chile SpA provocó perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales a Consener SpA. e. Declarar que dichos daños corresponden al daño emergente, lucro cesante y daño moral detallados en el cuerpo de este escrito

Fundamentos

considerandos del fallo, ni una sola vez, ni siquiera para decir que no serían tomados en cuenta. Conclusión cuarta: Insuficiencia de la declaración de testigos, para dar contenido a su conclusión de que el MOU era un contrato preparatoria, se vale de algunas declaraciones, especialmente de Víctor Gálvez, para concluir que es errónea. No explica por qué no es suficiente. No dice nada de los otros testigos. Declararon 18 testigos, solo habla de 1, no explica por qué descarta los demás. Conclusión quinta: No existe otro documento escrito, ni prueba que permita concluir que las partes llegaron a un acuerdo vinculante. Nuevamente indica que no existe, no hay prueba, puede valorar los documentos acompañados, pero no decir que no existen. Expone que la falta o abuso no tiene relación con el contenido de la prueba, sino que con la labor jurisdiccional y el razonamiento de una sentencia. Como conclusión sexta: Quanta no tenía obligación de negociar junto con Consener. Nuevamente usa una expresión, “no se advierte”, sin explicar detalles ni fundamentos. Solicita en definitiva, acoger el recurso constatando todas las faltas y abusos graves denunciados, adoptando en consecuencia las medidas conducentes a remediarlas, entre ellas dejar sin efecto la sentencia definitiva dictada por el Tribunal recurrido, y se pronuncie una nueva, fundada y motivada sentencia, en base a los escritos de discusión y la amplia prueba rendida en autos. Asimismo, que al dictar un nuevo fallo, se declare que se ha debido hacer lugar a la demanda presentada por esa parte y, en consecuencia: a. Declarar que el contrato o “Memorándum de Entendimiento” y Anexo A, ambos suscritos con fecha 31 de agosto de 2017 generó derechos y obligaciones vinculantes para ambas partes. b. Declarar que las partes, en ejecución del contrato denominado “MOU” celebraron consensualmente un contrato de alianza permanente que se regiría por las normas y principios establecidos en el referido “MOU” y en su Anexo A. c. Declarar que Quanta Services Chile SpA incumplió las obligaciones emanadas tanto del “MOU” y su anexo como del contrato de alianza. d. Declarar que, a consecuencia de dichos incumplimientos Quanta Service Chile SpA provocó perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales a Consener SpA. e. Declarar que dichos daños corresponden al daño emergente, lucro cesante y daño moral detallados en el cuerpo de su escrito. f. Declarar que Quanta Services Chile SpA debe indemnizar a Consener SpA los perjuicios provocados a Consener y demandados en estos autos, incluyendo sus respectivos intereses y reajustes. Finalmente, aplicar la medida disciplinaria de amonestación privada al infractor o la que esta Corte considere conforme al mérito del proceso y en derecho. Segundo: Que, evacuando el informe requerido, los señores jueces árbitros expresan básicamente que: 1°) Muy contrario a lo que sostiene el quejoso, actuando unánimemente y luego de haber revisado prolijamente los antecedentes del caso, de ha

Fallo

fallo se declare que se ha debido hacer lugar a la demanda de esa parte y, hacer las declaraciones que detalla, y aplicar la medida disciplinaria de amonestación privada al infractor o la que se considere conforme al mérito del proceso y en derecho. Requiere: a. Declarar que el contrato o “Memorándum de Entendimiento” y Anexo A ambos suscritos con fecha 31 de agosto de 2017 generó derechos y obligaciones vinculantes para ambas partes. b. Declarar que las partes, en ejecución del contrato denominado “MOU” celebraron consensualmente un contrato de alianza permanente que se regiría por las normas y principios establecidos en el referido “MOU” y en su Anexo A. c. Declarar que Quanta Services Chile SpA incumplió las obligaciones emanadas tanto del “MOU” y su anexo como del contrato de alianza. d. Declarar que, a consecuencia de dichos incumplimientos Quanta Service Chile SpA provocó perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales a Consener SpA. e. Declarar que dichos daños corresponden al daño emergente, lucro cesante y daño moral detallados en el cuerpo de este escrito. f. Declarar que Quanta Services Chile SpA debe indemnizar a Consener SpA los perjuicios provocados a Consener y demandados en estos autos, incluyendo sus respectivos intereses y reajustes. El recurrente se refiere en su arbitrio extraordinario en términos generales al contexto de la causa y la procedencia de la queja, aseverando básicamente que los señores jueces en el pronunciamiento del laudo incurrieron en las

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C.A. de Santiago Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece la demandante principal Consener SpA, en autos arbitrales Rol CAM A-4073-20202, caratulados “Consener SpA con Quanta Services Chile SpA”, en contra del Tribunal Arbitral conformado por los señores Jorge Baraona González, Pedro Pablo Vergara Varas y Andrés Cúneo Machiavello, por l

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