QUIZHPE/ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A.
Rol
Fecha
5 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Salvador Andrés General Placencia, abogado, en representación de don Jorge Stalin Quizhpe Villavicencio e interpone recurso de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A. por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en el cobro de una deuda de servicios de $9.192.383, que no corresponde al consumo efectivo del inmueble que ocupa, el que a su juicio vulnera la garantía contenida en el N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Fundando el presente recurso expone que su consumo mensual energía eléctrica no superaba en promedio entre los $40.000 y $60.000, sin embargo, en la factura Nº 24954787 con fecha máxima de corte 24 de diciembre 2021 aumentó el consumo de manera inexplicable a la suma $1.095.100, por lo que solicitó a la empresa que se generara una refacturación de la misma. Pese a los reiterados reclamos presentados, no obtuvo respuesta de la recurrida. Refiere que ante ello formuló un reclamo a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en relación a la deuda, la demanda máxima y la refacturación de la misma, a lo que Enel respondió que la lectura estaba correcta, pero nunca se refirió a la demanda máxima, que era lo que se reclamaba. Narra que, de manera adicional a estos inconvenientes, debido a problemas con la plataforma de facturación, la recurrida detuvo la emisión de facturas hasta junio del 2022 y ahí fue cuando llegaron las facturas acumuladas, todas con el mismo error anterior a la factura del mes de noviembre del año 2021, en donde la deuda sobrepaso los $20.000.000, lo que lo llevó nuevamente a reclamar ante Enel, recibiendo la misma respuesta en orden a que los cobros estaban correctamente aplicados. Expresa que en el mes de noviembre del año 2022 se ingresó reclamo en la SEC, que la autoridad sectorial contestó manifestando: “En respuesta a su reclamo, por el cobro de Consumos Excesivos, en su boleta del servicio, esta Superintendencia no
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido en favor de don Jorge Stalin Quizhpe Villavicencio, en contra de Enel Distribución Chile S.A., y se ordena a la recurrida: 1.- Verificar el adecuado funcionamiento del medidor de consumo de energía eléctrica del recurrente, sin costo para éste, dentro de quinto día de ejecutoriado el presente fallo; 2.- Realizar una auditoría y recalcular, dentro de décimo día de ejecutoriada esta sentencia, todos los cobros reclamados por el recurrente con indicación de los datos necesarios para una acertada inteligencia y que correspondan al real consumo del recurrente, lo anterior bajo la vigilancia y fiscalización directa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de acuerdo a las instrucciones que tal organismo dicte para estos efectos, entidad que deberá, asimismo, aprobar o rechazar el resultado de la auditoría y recalculo realizado por la recurrida; 3.- Abstenerse de cortar el suministro de energía eléctrica al recurrente mientras se encuentre al día en el respectivo pago de los consumos indubitados. 4.- ENEL deberá acreditar el cumplimiento de lo ordenado, en el plazo de quince días contados desde que este fallo adquiera el carácter de firme y eje
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 44 y 47, estése a lo que se resolverá. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Salvador Andrés General Placencia, abogado, en representación de don Jorge Stalin Quizhpe Villavicencio e interpone recurso de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A. por el acto que estima arbitrario e
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