MP C/ JEISON ANGEL VIDAL DONOSO
Rol
Fecha
5 de marzo de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticinco de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al encartado Jeison Vidal Donoso. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Aravena, quien fue del parecer de revocar la referida resolución atendido la escasa cantidad de droga y dinero encontrado, y que el imputado no registra condenas penales pretéritas como adulto, por lo que se estima más proporcional al ilícito, por ahora, cautelar los fines del procedimiento con arresto domiciliario total. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-488-2024. En Valparaíso, cinco de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a cinco de marzo de dos mil veinticuatro, siendo las 09:49 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Suplente señor Leonardo Aravena Reyes e integrada por la Fiscal Judicial señora Nel Greeven Boba
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