ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de marzo de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida; y visto, además, lo previsto en el inciso 7) del artículo 12 de la Ley 14.908, en relación a lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución del veintidós de enero pasado. Devuélvase. Resolviendo presentación a Folio N°3: A lo principal, téngase presente la comparecencia. Al primer y segundo otrosí, estese al mérito de lo resuelto. Resolviendo presentación a Folio N°5: A lo principal y primer otrosí, estese al mérito de lo resuelto. Rol N° 49-2024 Familia. /col
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución del veintidós de enero pasado. Devuélvase. Resolviendo presentación a Folio N°3: A lo principal, téngase presente la comparecencia. Al primer y segundo otrosí, estese al mérito de lo resuelto. Resolviendo presentación a Folio N°5: A lo principal y primer otrosí, estese al mérito de lo resuelto. Rol N° 49-2024 Familia. /col
Texto Completo (Preview)
Iquique, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida; y visto, además, lo previsto en el inciso 7) del artículo 12 de la Ley 14.908, en relación a lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución del veintidós de ener
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