JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE BULNES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

4 de marzo de 2024

Materia

DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones: Se elimina del párrafo tercero del

Fundamentos

considerando DUODECIMO la frase: “puesto que, en primer lugar, la declaración de doña Macarena, en cuanto a cómo era la relación entre los cónyuges (“mucho cariño entre ellos, siempre de la mano, se hablaban amorosos, se saludaban con besos, se besaban delante mío, eran besos como todo matrimonio, en la boca, de matrimonio o de marido”) es contraria a las máximas de la experiencia, ya que por regla general, una pareja que lleva más de veinte años de casados no se comporta de esa manera frente a terceros, por lo que...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Magb/cff Chillán, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones: Se elimina del párrafo tercero del considerando DUODECIMO la frase: “puesto que, en primer lugar, la declaración de doña Macarena, en cuanto a cómo era la relación entre los cónyuges (“mucho cariño entre ellos, siempre de la mano, se hablaban amor

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