3ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TEMUCO

MORALES/ACUÑA

Rol

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que el recurso de apelación no ha sido interpuesto en tiempo y forma y lo dispuesto en el artículo 32 y 33 de la Ley 18.287 y lo dispuesto en la Ley N° 18.290, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don César Antonio Villagrán Carvallo, contra la sentencia de fecha seis de febrero de dos mil veinticuatro, por improcedente atendida la materia de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Policia Local-48-2024.(pjr)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don César Antonio Villagrán Carvallo, contra la sentencia de fecha seis de febrero de dos mil veinticuatro, por improcedente atendida la materia de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Policia Local-48-2024.(pjr)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, siete de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que el recurso de apelación no ha sido interpuesto en tiempo y forma y lo dispuesto en el artículo 32 y 33 de la Ley 18.287 y lo dispuesto en la Ley N° 18.290, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don César Antonio Villagrán Carvallo, contr

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