JULIO ALEJANDRO QUINTANA ESCANILLA/DIRECTOR REGIONAL POLICIA DE INVESTIGACIONES DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
4 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Julio Alejandro Quintana Escanilla, domiciliado en cale La Cañada N°3618, comuna de La Pintana, interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, con motivo de la concurrencia de funcionarios policiales a su domicilio en su búsqueda, sin exhibir orden judicial, amenazando su libertad personal, asegurada en el numeral 7° del Artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que los días 12 y 21 de febrero del corriente, funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, concurrieron a su domicilio durante su ausencia, señalando que lo estaban buscando y negándose a responder cualquier tipo de pregunta respecto a los
Fundamentos
motivos de dicha búsqueda. Agrega que con posterioridad, funcionarios policiales han rondado en forma frecuente su domicilio, sin realizar ningún tipo de consulta. Atendido los hechos expuestos, los cuales amenazan su libertad personal, solicita a esta Corte adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que informa al tenor del recurso, Rodrigo Chinchón Soto, Fiscal Adjunto, de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, quién indica actualmente se sigue una investigación por un delito de homicidio frustrado en contra del recurrente, RUC 2301111903-4, por su participación en hechos ocurridos el 6 de octubre de 2023, y que motivó se solicitara y decretara por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago una orden de detención en contra del mismo, la cual se encuentra pendiente de ejecución. Tercero: Que al tenor del recurso, doña Macarena Millacoy Galvani, Prefecta, Jefa Nacional de Delitos Contra las Personas de la Policía de Investigaciones de Chile, informa que las brigadas especializadas dependientes de dicha jefatura, recibieron una orden de detención con autorización para entrada y registro en lugar cerrado, emanada del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT 473-2024, RUC 2301111903-4, por el delito de homicidio frustrado con arma de fuego, dirigida en contra del recurrente. En cumplimiento de dicha orden, funcionarios policiales concurrieron al domicilio ubicado en La Cañada N°3618, comuna de La Pintana, los días 12 y 21 de febrero, sin ubicar al señor Quintana, pero manifestado doña Verónica Díaz Valdés, ser su abuela y desconocer su actual paradero. Cuarto: Que informa doña Minou Jancso Cartens, Jueza del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, quien expresa que en causa RIT 473-2024, de dicho tribunal, el Ministerio Público solicitó se decretara una orden de detención en contra de recurrente con autorización de entrada y registro de un inmueble para la eventual incautación de medios de prueba, atendida la existencia de antecedentes que justificarían su participación en un delito de homicidio frustrado, accediéndose a tal solicitud por resolución de 7 de febrero de 2024. Añade que consta en la causa informe policial dando cuenta del diligenciamiento de la orden, indicando que la abuela del recurrente les habría facilitado la entrada al domicilio, pero sin encontrar al imputado. Quinto: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá́ ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que esta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera
Fallo
en virtud de lo razonado en el considerando anterior, no se vislumbra alguna acción que constituya privación, perturbación o amenaza del derecho a la libertad personal y seguridad individual de la recurrente, por lo que la presente acción constitucional no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Julio Alejandro Quintana Escanilla, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Comuníquese, regístrese y archívense en su oportunidad. N°149-2024 Amparo
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San Miguel, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Julio Alejandro Quintana Escanilla, domiciliado en cale La Cañada N°3618, comuna de La Pintana, interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, con motivo de la concurrencia de funcionarios policiales a su domicilio en su búsqueda, sin exhibir orden judicial, amenazand
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