1º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

FACTORING SECURITY S.A./SEREMI OBRAS PUBLICAS(ACUMULADA A ROL N°140-2023/CIVIL Y 1288-2023/CIVIL)

Rol

Fecha

4 de marzo de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de 6 de julio de 2022, sin costas del recurso. II.- En cuanto a la causa rol N° 140-2023: Estese al mérito del desistimiento del recurso de apelación decretado el 22 del presente mes. III.- En cuanto a la causa rol N° 1288-2023: A.- Respecto del recurso de casación: VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que por sentencia de 20 de junio de 2023 se rechazaron las excepciones del artículo 464 N° 7, 2 y 9 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la ejecutada. Segundo: Que la ejecutada interpuso recurso de casación en la forma por las causales de los N° 7 y 5 del artículo 768 del cuerpo legal antes señalado. En lo concerniente a la primera de ellas sostiene que el

Fallo

fallo contiene decisiones contradictorias, toda vez que sus fundamentos relativos a lo plantado por su parte, no son compatibles para resolver el asunto. En lo referido al segundo motivo de invalidación manifiesta que carece de razones para desestimar las excepciones. Tercero: Que para que concurra la causal de casación el artículo 768 N° 7 del estatuto normativo citado, es necesario que haya “decisiones contradictorias”, es decir, que lo resolutivo contenga al menos dos determinaciones opuestas o antagónicas, cuestión que no ocurre en este caso, pues la sentencia rechazó las excepciones y no tiene otras decisiones aparte de la condena en costas. Cuarto: Que consta que el juez se hizo cargo de todas las cuestiones debatidas en la causa, según aparece en los motivos séptimo a décimo tercero, de manera que no existe la omisión aludida por el recurrente. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 145, 764, 765, 768 y 783 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el presente recurso de casación, sin costas. B.- Respecto del recurso de apelación: VISTO: Se reproduce el fallo en alzada. Y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de 20 de junio de 2023, sin costas del recurso. Se deja constancia que la liberación de costas de los recursos se basa en que hubo motivo plausible para deducirlos por la discusión de fondo habida sobre la materia objeto de los mismos. Redacción del minist

Texto Completo (Preview)

Talca, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Se elevó para conocimiento y resolución de esta Corte, la presente causa civil Rol C-774-2022 del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad, en virtud de los recursos deducidos en contra de las resoluciones de 6 de julio de 2022, 8 de septiembre de 2022 y 20 de junio de 2023, que se acumularon en estos autos bajo los roles N° 1305-2022, 140-2023 y 128

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