JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CHAÑARAL

MP C/ JAIRO NAJIB RIVERA SAMIT

Rol

Fecha

4 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y compartiendo los

Fundamentos

fundamentos expresados por la señora Juez a quo, en cuanto tuvo por acreditadas las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente que atendida la naturaleza del delito y el carácter del mismo, de conformidad a los fines del procedimiento la medida cautelar decretada es la única que permite satisfacer la necesidad de cautela solicitada por el ente persecutor y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140, 149 y 358 y siguientes del citado Código, se confirma la resolución apelada, dictada en audiencia de veinticuatro de febrero pasado, por la jueza suplente del Juzgado Letras y Garantía de Chañaral, doña Ana Pino Parra, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Jairo Najib Rivera Samit por constituir un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación. Al folio 2 y 3. A lo principal, téngase presente. Al otrosí, como se pide. Comuníquese y devuélvase. Rol Penal 129-2024.

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Fecha: cuatro de marzo de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-129-2024 Ruc N°: 2400211278-3 Rit N°: O-99-2024 Juzgado: Garantía de Chañaral. C.A. de Copiapó Ministros: Los Ministros señor Pablo Bernardo Krumm De Almozara, señora Marcela Paz Ruth Araya Novoa y la Abogada Integrante señora Veronica Alvarez Muñoz. Relator: Walter David Pavez Cortés Fiscal: Juan Fernández Espejo Defens

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