PINILLA/ÁLVAREZ
Rol
Fecha
4 de marzo de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO SERVICIOS SEGÚN D.L.964 Y LEY 18.101
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha treinta y uno de enero del año en curso, contra la resolución de fecha veinticinco de enero de los corrientes. Devuélvase. N°Civil-2.530-2.024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha treinta y uno de enero del año en curso, contra la resolución de fecha veinticinco de enero de los corrientes. Devuélvase. N°Civil-2.530-2.024.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna p
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