JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PÚBLICO / ANTONIO ENRIQUE SALINAS PALMA Y OTRO

Rol

Fecha

4 de marzo de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Teniendo únicamente presente que en autos no se vislumbra por ahora la existencia de necesidad de cautela, toda vez que el imputado ya se encuentra privado de libertad en causa diversa, y

Fundamentos

considerando además que el ente persecutor es el mismo en ambas causas, a quien corresponde tomar las medidas necesarias para formular las peticiones que correspondan en la eventualidad que Salinas Palma recupere su libertad.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de 1 de marzo en curso. Téngase a los intervinientes por notificados, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Devuélvase. N°Penal-152-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Mgab/cff Chillán, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: Teniendo únicamente presente que en autos no se vislumbra por ahora la existencia de necesidad de cautela, toda vez que el imputado ya se encuentra privado de libertad en causa diversa, y considerando además que el ente persecutor es el mismo en ambas causas, a quien corresponde tomar las medidas necesarias para form

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