C/ MARCO ANTONIO GONZALEZ ZEPEDA
Rol
Fecha
2 de marzo de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, y teniendo en consideración especialmente la irreprochable conducta anterior de la que goza la imputada, así como el hecho no controvertido de encontrarse a cargo de una lactante, y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Francisca Ignacia Ponce Cornejo, y en su lugar se la deja sin efecto por estimar que otra medida cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal permite garantizar el cumplimiento de los fines del procedimiento. Dese orden de libertad de manera inmediata para Francisca Ignacia Ponce Cornejo, si no estuviere privada de ella por otra causa. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-479-2024.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a dos de marzo de dos mil veinticuatro, siendo las 10:02 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra Titular señora Silvana Donoso Ocampo e integrada por la Ministra Interina señora Sara Covarrubias
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