ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de marzo de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por don Nicolás, en contra de la sentencia de fecha ocho de febrero de dos mil veinticuatro, escrita a folio 19 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y atendida la forma de interposición del recurso. Devuélvase. N°Familia-129-2024.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por don Nicolás, en contra de la sentencia de fecha ocho de febrero de dos mil veinticuatro, escrita a folio 19 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y atendida la forma de interposición del recurso. Devuélvase. N°Familia-129-2024.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por don Nicolás, en contra de la sentencia de fecha ocho de febrero de dos mil veinticuatro, escrita a folio 19 en el expediente digital, por improcedente atendid
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