SIN INFORMACION

MANRÍQUEZ/CCAF 18 DE SEPTIEMBRE

Rol

Fecha

1 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Camilo González Delgado, quien deduce acción de protección en favor de Jorge Humberto Manríquez Castro, empleado, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, en razón del acto ilegal y arbitrario consistente en efectuar descuento por parte de Caja de Compensación La Araucana en la liquidación de remuneraciones del mes de diciembre del actor, a través de descuento intercaja. Señala que en el año 2017, el recurrente contrajo un mutuo de dinero con la recurrida denominado “crédito social”, el cual fue pactado en diversas cuotas, cuyos pagos se efectuarían conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley N°18.833. Agrega que fue desvinculado de su trabajo, cayendo por tanto en mora a los pocos meses, y si bien en diversas ocasiones se dirigió a las sucursales de la recurrida a intentar regular su situación, la única opción que le ofrecieron era repactar la deuda, lo que finalmente no realizó. Explica que al recibir el recurrente su liquidación de remuneraciones del mes de diciembre, se percató de un descuento por parte de la Caja de Compensación La Araucana por concepto de crédito social, ascendente a $98.991.-, y por el cual tuvo conocimiento el 5 de enero que correspondía al crédito social que contrajo con la recurrida, efectuado a través de descuento intercaja. Indica que la situación descrita deja al recurrente en un estado de indefensión, pues luego de más de 5 años un porcentaje importante de su remuneración le fue arrebatada de forma arbitraria, respecto de una deuda claramente prescrita, y que se reiterará durante los próximos meses sin siquiera tener certeza o claridad de por cuantos meses ocurrirá. Refiere que el artículo 22 de la Ley N°18.833 faculta a las Cajas de Compensación a efectuar descuentos por planilla directamente de la remuneración de los trabajadores afiliados. Sin embargo, ese crédito fue contraído el año 2017 y se cayó en mora a los pocos meses

Fundamentos

considerando que su actuar se enmarca dentro de las normas de la diputación para recibir el pago, a las que se refieren los artículos 1580 a 1586 del Código Civil.

Fallo

por tanto en mora a los pocos meses, y si bien en diversas ocasiones se dirigió a las sucursales de la recurrida a intentar regular su situación, la única opción que le ofrecieron era repactar la deuda, lo que finalmente no realizó. Explica que al recibir el recurrente su liquidación de remuneraciones del mes de diciembre, se percató de un descuento por parte de la Caja de Compensación La Araucana por concepto de crédito social, ascendente a $98.991.-, y por el cual tuvo conocimiento el 5 de enero que correspondía al crédito social que contrajo con la recurrida, efectuado a través de descuento intercaja. Indica que la situación descrita deja al recurrente en un estado de indefensión, pues luego de más de 5 años un porcentaje importante de su remuneración le fue arrebatada de forma arbitraria, respecto de una deuda claramente prescrita, y que se reiterará durante los próximos meses sin siquiera tener certeza o claridad de por cuantos meses ocurrirá. Refiere que el artículo 22 de la Ley N°18.833 faculta a las Cajas de Compensación a efectuar descuentos por planilla directamente de la remuneración de los trabajadores afiliados. Sin embargo, ese crédito fue contraído el año 2017 y se cayó en mora a los pocos meses, por lo que ha transcurrido un lapso mayor al del año que la ley exige para la prescripción extintiva de las acciones cambiarias emanadas del pagaré. Así, resulta del todo irracional, abusivo y por consiguiente, arbitrario, que la recurrida haga uso del artículo 22 si

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio 18, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Camilo González Delgado, quien deduce acción de protección en favor de Jorge Humberto Manríquez Castro, empleado, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, en razón del acto ilegal y arbitrario consistent

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica