LOUIDOR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
1 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Macsen Louidor, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, lo que estima afecta su derecho de igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone que solicitó su permanencia definitiva el 11 de enero de 2021 y que, desde esa fecha, no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, encontrándose en una situación de preocupación e incertidumbre. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que, a la fecha de interposición de su recurso, ha transcurrido un plazo excesivo sin que la autoridad administrativa emita pronunciamiento sobre la solicitud formulada, afirmando que aquello infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso y que, en definitiva, se ordene al recurrido pronunciarse sobre su solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que, informa al tenor del recurso el abogado Antonio Emilio Beltrán Henríquez, solicitando su rechazo en todas sus partes, alegando, en primer término, que se declare la inadmisibilidad del recurso de protección por estimar que no existe una actuación u omisión ilegal y arbitraria de su parte, conforme a fallos de la Excma. Corte Suprema que cita, ni aún en grado de amenazas, excediendo la naturaleza cautelar de la acción intentada. Enseguida, en subsidio de lo anterior, alegan la falta de legitimación pasiva del Servicio recurrido, dado que, del mismo modo, estima que no existe un acto ilegal y arbitrario que remediar mediante esta acción. Por último, informa derechamente al tenor del recurso, señalando que con fecha 11 de enero de 2021, la recurrente solicitó
Fallo
Fallo del Recurso de Protección sobre las Garantías Constitucionales, lo que ya fue declarado por la sala tramitadora de esta Corte, por lo que se rechazará dicha solicitud. Sexto: Que, en relación a la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por la autoridad migratoria, cabe señalar que el recurso se funda en la falta de un pronunciamiento de término en el procedimiento administrativo seguido ante el Servicio Nacional de Migraciones, razón por la que no cabe hacer lugar a la defensa en examen en tanto la acción ha sido dirigida, precisamente, en contra del órgano estatal al que se atribuye la omisión impugnada. Séptimo: Que, en cuanto al fondo del recurso, la presente acción constitucional se encamina a establecer la afectación a la garantía de igualdad ante la ley, en razón de no haberse otorgado por la autoridad administrativa una respuesta oportuna respecto de la situación migratoria del recurrente. Octavo: Que, conforme a lo expuesto precedentemente, y de los antecedentes allegados, se constata que el recurrente no ha obtenido respuesta a su solicitud de permanencia definitiva presentada en enero de 2021. De esta manera, corresponde examinar si la omisión denunciada puede ser calificada de arbitraria o ilegal. Noveno: Que la recurrida ha retardado en resolver la solicitud del recurrente, apartándose de los dictados del referido principio de celeridad de los procedimientos administrativos, así como del impulso que debido al mismo le corresponde ejercer, teniendo
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, uno de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Macsen Louidor, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, lo que estima afecta su derech
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