SERVIUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
1 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Elizabeth Carina Cerda Gallino, en favor de Rose Myrtha Servius, haitiana, y recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de residencia definitiva de 18 de junio de 2021, lo que infringe los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N° 19.980; estima afectado el derecho a la igualdad ante la ley consagrado en el N° 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se ordene al recurrido emitir pronunciamiento y resolver la solicitud dentro de un plazo razonable. Segundo: Que informa la recurrida al tenor del recurso e indica que la solicitud de la parte recurrente fue acogida por Resolución Exenta N° 23493140 de 15 de diciembre de 2023, que le otorgó la residencia definitiva. Pide que se rechace el recurso por haber perdido oportunidad ya que se emitió pronunciamiento sobre la solicitud de la recurrente. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Cuarto: Que, por consiguiente, constituye presupuesto indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho de quienes incurren en él-, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el referido artículo 20 de la Carta Fundamental. Quinto: Que se tilda de ilegal y arbitraria la omisión de pronunciamiento del Servicio Naci
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Rose Myrtha Servius, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 382-2024 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, uno de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Elizabeth Carina Cerda Gallino, en favor de Rose Myrtha Servius, haitiana, y recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de residencia definitiva de 18 de junio de 2
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