1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

JOSE MAYOL CON 1 JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

Rol

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.9 LEY 18.287

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Primero: Que, con fecha 23 de octubre del año 2023, comparece ante esta Corte de Apelaciones don José Pedro Mayol Albónico, abogado, en representación de la parte demandante, en los autos Rol C-7832-2019, caratulados “Agrícola La Esperanza/Fisco De Chile” del Primer Juzgado Civil de Rancagua, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de octubre recién pasado, que pronunciándose sobre un recurso de reposición con apelación subsidiaria deducido por su parte con la misma fecha, en contra de la resolución que rechazó un recurso de rectificación, aclaración o enmienda planteada por su parte, la rechazó de plano por estimar que no es una resolución susceptible de recurso de apelación. Puntualiza que en tal sentido, la resolución que se impugna por esta vía, señala: “En cuanto al Recurso de Apelación Subsidiario, no ha lugar por no corresponder”. Sostiene que la resolución recurrida señala que no sería procedente el recurso en este caso. No obstante, afirma que el citado recurso de aclaración, rectificación o enmienda se interpuso en contra de la sentencia definitiva dictada en autos de fecha 6 de septiembre de 2023. Explica que se solicitó en concreto se rectificara la sumatoria efectuada en la parte resolutiva del fallo por cuanto contenía un error numérico. Añade que, al respecto, el fallo acoge en su

Fundamentos

considerando décimo tercero lo solicitado por su representada en su demanda. Luego, atendido lo resuelto se solicitó se rectificara el

Fallo

fallo por cuanto contenía un error numérico. Añade que, al respecto, el fallo acoge en su considerando décimo tercero lo solicitado por su representada en su demanda. Luego, atendido lo resuelto se solicitó se rectificara el fallo en el sentido que detalla. Añade que sin embargo, al resolver el mencionado recurso el tribunal dictaminó “Estése al mérito de autos.”, lo que deja en la práctica inconclusa la petición de su parte. Sostiene que dicho recurso debe resolverse de inmediato a fin de poder proseguir con las gestiones posteriores al fallo, ya que de existir un error numérico acarreará errores futuros en la ejecución del fallo, independientemente de lo que se resuelva por esta Corte en la vista de las apelaciones que se encuentran pendientes, por lo que pide se enmiende la resolución aludida conforme a derecho y resuelva derechamente el recurso de rectificación, aclaración o enmienda interpuesto por su parte. Por lo señalado, solicita tener por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 17 de octubre pasado, por la que se negó lugar a conceder una apelación, por considerarla improcedente; solicitar informe al Juez recurrido, y con el mérito de los antecedentes, enmendar dicha resolución y, en consecuencia, ordenar se conceda, desde luego, el recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma, ordenando al Tribunal a quo, se disponga se eleven los antecedentes para ante esta Corte para su vista y fallo. Segundo: Que, al momento de informar, el juez

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Rancagua, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Primero: Que, con fecha 23 de octubre del año 2023, comparece ante esta Corte de Apelaciones don José Pedro Mayol Albónico, abogado, en representación de la parte demandante, en los autos Rol C-7832-2019, caratulados “Agrícola La Esperanza/Fisco De Chile” del Primer Juzgado Civil de Rancagua, quien deduce recurso de hecho en contra

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