SIN INFORMACION

CASSAMAJOR/SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que con fecha 07 de noviembre de 2023 comparecen Óscar Andrés Fielbaum Villegas, y Franco Aldo Brunetti Arredondo, abogados, en beneficio de Jean Eddisson Cassamajor, de nacionalidad haitiana, e interponen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado legalmente por don Luis Eduardo Thayer Correa, por la demora en tramitar su solicitud de nacionalización. Señalan que el 05 de septiembre de 2022, el recurrente realizó una Solicitud de Nacionalización en Chile, a través de la plataforma informática de la recurrida, presentando todos los documentos y cumpliendo con todos los plazos establecidos (comprobante n° 54496983). Refieren que el recurrente es microempresario y posee arraigo familiar, al tener hijo de nacionalidad chilena, Benjamín Carlensson Cassamajor Corón, de 12 años de edad. Denuncian que a la fecha aún no ha obtenido resultado alguno sobre su solicitud de nacionalización en nuestro país, lo cual estiman constituye una ilegalidad, por exceder el plazo de seis meses que fija el artículo 27 de la Ley n° 19.880. Cita jurisprudencia. Consideran conculcadas las garantías resguardadas en los numerales 1 y 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicitan se resuelva la solicitud de nacionalización del recurrente dentro de un plazo razonable, que no exceda de 30 días hábiles. Segundo: Que informan por la recurrida Servicio Nacional de Migraciones, los abogados Antonio Beltrán Henríquez y Luis Ignacio Salvo, quienes solicitan el rechazo del recurso por haber actuado en conformidad a la Constitución y a las leyes, y por no existir en la especie acto u omisión arbitraria o ilegal que genere privación, perturbación o amenaza a los derechos constitucionales del recurrente. Indican que el 15 de mayo de 2023 el recurrente acompañó los documentos requeridos faltantes consistentes en “certificado de vigencia laboral u otro documento que acredite cuál es su actividad actual”. Dan cuenta que según estado de la solicitud en el Registro Nacional de Extranjeros, consta que el requerimiento ID N°54496983 se encuentra en etapa de “Primer análisis”, ante la autoridad migratoria. Agregan que la competencia del Servicio Nacional de Migraciones cesa al enviar los antecedentes al Ministerio del Interior, conforme el artículo 157 N° 8 de la Ley N° 21.325, sugiriéndole a la autoridad ya señalada la aprobación o el rechazo de la solicitud. Hacen presente que el recurrente cuenta con un permiso de permanencia definitiva actualmente vigente, por lo que mantiene situación migratoria regular en el país, por lo que la situación de pendencia de su solicitud de carta de nacionalización no conlleva perjuicio alguno a su estatus migratorio, como tampoco al ejercicio de alguna de sus garantías fundamentales. Tercero: Que informa por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el abogado Felipe Cerda Sepúlveda, quien estima procede el

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, el recurso de protección constitucional deducido a favor de Jean Eddisson Cassamajor y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-15868-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Al folio N° 24: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos y considerando: Primero: Que con fecha 07 de noviembre de 2023 comparecen Óscar Andrés Fielbaum Villegas, y Franco Aldo Brunetti Arredondo, abogados, en beneficio de Jean Eddisson Cassamajor, de nacionalidad hait

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