ALLENDE SAEZ SEGUNDO SALVADOR/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Carlos Ignacio Vera Campos, abogado, defensor público penitenciario, en representación de don Segundo Salvador Allende Sáez, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional De La Ilustrísima Corte De Apelaciones de Santiago, que rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo las penas de 2201 días por revocación de libertad condicional y una pena de 41 días de prisión grado máximo por un delito de robo en lugar no habitado, una pena de 25 días por multa y una pena de 61 días por el delito de manejo en estado de ebriedad mínimo, cometidos los días 22 de abril de 2017 y 3 de junio de 2017, condena que inició el día 31 de diciembre de 2019 y que cumple el día 19 de abril de 2026, con un día de abono. Indica que fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, al beneficio de la libertad condicional, postulación que fue rechazada por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por resolución de 31 de octubre de 2023. Alega que la resolución impugnada señala que su representado tiene un alto compromiso delictual lo cual hace referencia a una clasificación propia de la administración penitenciaria a fin de segmentar a los privados de libertad, que no sufre modificaciones durante el curso de la ejecución de la pena, por lo que invocar ese motivo para el rechazo del beneficio tornaría la resolución en ilegal. Sostiene que la resolución impugnada es arbitraria y no es razonable en atención a que el amparado ha demostrado avances efectivos en su proceso de reinserción social, referidos en el Informe GENCHI, ya que terminó su escolaridad intramuro, se desempeña como artesano desde el año 2021, y cuenta con red de apoyo, su pareja. En virtud de lo anterior, solicita se acoja el recurso de amparo, disponiendo se
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Segundo Salvador Allende Sáez, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-525-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Carlos Ignacio Vera Campos, abogado, defensor público penitenciario, en representación de don Segundo Salvador Allende Sáez, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional De La Ilustrísima Corte De Apelaciones de San
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica