CHELIS NERISMON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
29 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 5 de febrero de 2024, el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica interpuso recurso de amparo en favor de la niña Chelis Henrismon, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional don Luis Thayer Correa, por estimar que dicho Servicio ha incurrido en una omisión ilegal y arbitraria. Indica que el 3 de noviembre de 2020, Chelis Henrismon postuló a residencia definitiva en Chile, bajo el número de solicitud 13690881, procedimiento que a la fecha no ha concluido, pese haber transcurrido más de tres años desde su inicio. Sostiene que durante este tiempo la amparada ha tratado infructuosamente de obtener la "Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite", ya que esta opción no se encuentra disponible en la página web del Servicio recurrido, lo que ha afectado gravemente sus derechos fundamentales, ya que ese documento permite a los extranjeros residentes poder salir y reingresar al país mientras tramitan una solicitud de prórroga o cambio de su permiso de residencia, según da cuenta el artículo 38 inciso 2° de la Ley 21.325 sobre Migraciones. Explica que al no poder acceder a esa Ampliación de Solicitud, la niña amparada no cuenta con documento alguno que acredite la regularidad de su situación migratoria en Chile, aspecto que vulnera su derecho a libertad ambulatoria consagrada en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución, tratados internacionales vigentes, así como en diversas disposiciones de la Ley 21.325 de Migraciones y de la Ley 19.880 sobre Procedimiento Administrativo. Por estas razones, solicita que se acoja el recurso de amparo, ordenando al Servicio recurrido otorgar la posibilidad de obtener la Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite de la amparada, en un breve plazo. SEGUNDO: Que, el 28 de febrero de 2024, los abogados Antonio Beltrán Henríquez y Luis Ignacio Salvo, en representación del Servicio Nacion
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el recurso de amparo, ordenando al Servicio recurrido otorgar la posibilidad de obtener la Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite de la amparada, en un breve plazo. SEGUNDO: Que, el 28 de febrero de 2024, los abogados Antonio Beltrán Henríquez y Luis Ignacio Salvo, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, evacuaron informe solicitando el rechazo del recurso de amparo deducido en autos. Indican que, luego de analizados los antecedentes, con fecha 26 de febrero de 2024 el Servicio Nacional de Migraciones emitió la ampliación de certificado de residencia definitiva en trámite a favor de la amparada, documento que es precisamente el solicitado en la acción constitucional. En virtud de lo anterior, sostienen que la acción de amparo interpuesta ha perdido oportunidad y eficacia, toda vez que ya se pronunció la autoridad respecto de lo requerido por la amparada. Agregan que no existe un acto u omisión actual que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, ni una perturbación a los derechos de la extranjera. TERCERO: Que, conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo tiene por objeto velar por las formalidades legales, adoptar las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, cuando éste se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción a lo dispuesto en la Carta Fundamental o en las leyes, pud
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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 5 de febrero de 2024, el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica interpuso recurso de amparo en favor de la niña Chelis Henrismon, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional don Luis Thayer Correa, por es
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