SIN INFORMACION

WILLY MATHIEU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Jorge Lena Salgado, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor del ciudadano haitiano, Willy Mathieu, cédula de identidad Nº26.475.133-0, domiciliado en calle Tercera Transversal Nº5635, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la Resolución Exenta N°23515675, de 26 de diciembre de 2023, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso una orden de abandono, perturbando y amenazando el legítimo ejercicio de su libertad ambulatoria asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que solicitó su permanencia definitiva el 9 de septiembre de 2020 y por medio de la resolución cuestionada se dispuso la orden de abandono del país pese a que cuenta con arraigo social y laboral. Argumenta que el Servicio Nacional de migraciones rechazó su solicitud al no remitir el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado. Circunstancia que reconoce, no obstante justifica en la dificultad de obtener tales antecedentes en los servicios públicos de Haití. Adiciona que en el procedimiento administrativo el 31 de octubre de 2023, acompañó su certificado de antecedentes penales que estuvo vigente al momento de ingresar su solicitud y un certificado del Consulado de Haití en Chile, afirmando que se encuentra tramitando su informe penal. Solicita se ordene regularizar la situación migratoria del recurrente. Segundo: Que informa la Prefectura de Migraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, e indica que el recurrente registra como último movimiento migratorio su ingreso al territorio nacional el 3 de marzo de 2021, proveniente de Colombia, y que no registra ordenes de aprehensión, arrestos o arraigos en su contra. Tercero: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Willy Mathieu en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin perjuicio de los derechos que la recurrente pudiese ejercer en cuanto a la regularización extraordinaria que autoriza el artículo 155 N°8 y 9 de la Ley Nº21.325. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Nº 136-2024 Amparo

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó contra el recurso el abogado Antonio Beltrán Henríquez. San Miguel, 29 de febrero de 2024. San Miguel, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Al folio 12: Téngase presente Vistos y teniendo presente: Primero: Que Jorge Lena Salgado, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor del ciudadano haitiano, Willy Mathieu, cédula de identidad Nº26.475.13

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